Excepcion de falta de personalidad
RENE FERNANDO, de datos de identificación personales conocidos dentro del juicio Oral deAlimentos Número F1- 2995-200 a cargo del oficial y notificador 2º del juzgado a su cargo Atentamente comparezco a interponer EXCEPCIÓN DE FALTA DE PERSONALIDAD, de conformidad con los siguientes:HECHOS:
I. Es el caso señor Juez, que por el estado que guardan los autos interpongo la excepción de falta de personalidad, la cual es procedente ya que dicha excepción es nacida con posterioridad,como apunta la ley procesal de la materia. La demandante ya no tiene capacidad legal para seguir siendo parte dentro del proceso, debido a que carece de las cualidades necesarias para seguircompareciendo, ya que la norma contenida en el artículo 283 del Código Civil que se refiere a las personas obligadas a darse alimentos, claramente prescribe quienes son los obligados a darse alimentos enprimer termino están los cónyuges, al respecto le manifiesto que la calidad de cónyuge la parte Actora ya la perdió por disolución del vínculo conyugal promovida por las partes en el proceso de Divorciopor Mutuo Consentimiento en la Vía Voluntaria, No. 01058-200-00731 a cargo del oficial 3º del Juzgado Segundo de Familia, y en dicho proceso la parte actora renunció de forma expresa a la pensiónalimenticia que pudiera corresponder, como puede notar el juzgador no hay precepto legal que apoye su pretensión, por consiguiente no tiene la cualidad y personalidad requeridas en juicio como tal,careciendo así de derecho que le asiste; para probar dicho extremo acompaño la fotocopia de la certificación de sentencia, de fecha quince de junio del dos mil nueve dentro del proceso número01058-200-00731, a cargo del oficial y notificador tercero de Juzgado Segundo de Familia, y la constancia de la inscripción del Divorcio en el Registro Civil de las Personas bajo el número catorce mil treinta y...
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