Urbanismo
ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL: 26 DE ENERO DE 2007.
Ley publicada en la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz-Llave, el sábado 17 de abril de 1999.
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz-Llave.
Miguel AlemánVelazco, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, a sus habitantes sabed:
Que la H. Legislatura del Estado se ha servido dirigirme la siguiente Ley para su promulgación:
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo.- Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave.
"La Honorable Quincuagésima Octava Legislaturadel Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave en uso de la facultad que le confieren los artículos 68 fracción I de la Constitución Política Local; 44 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 103 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo y en nombre del pueblo, expide la siguiente:
LEY NÚMERO 26
(REFORMADA SU DENOMINACION, G.O. 26 DE ENERO DE 2007)
LEY DE DESARROLLOURBANO, REGIONAL Y VIVIENDA PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO PRIMERO
Objeto de la ley
Artículo 1. La presente es de orden público e interés público y social y tiene por objeto normar y regular el Desarrollo Regional, en lo referente a:
I. El ordenamiento territorial y de los asentamientos humanos y la planeacióndel desarrollo regional y urbano;
II. La ejecución de programas de desarrollo regional, urbano y vivienda;
III. La distribución equilibrada de la población y de las actividades comerciales, de servicios, turísticas e industriales en el territorio del estado;
IV. La protección del medio ambiente, del patrimonio histórico, arqueológico, cultural y de la imagen urbana de los centros depoblación y zonas conurbadas;
V. La fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población y zonas conurbadas;
VI. La determinación de las provisiones, reservas, usos y destinos del suelo con vocación urbana, así como la regulación de la propiedad en los centros de población y zonas conurbadas;
VII. La regularización de la tenencia de la tierra urbana;
VIII. Laconstitución de reservas territoriales para el desarrollo urbano;
IX. La creación de fraccionamientos;
X. La edificación de viviendas;
XI. La apertura, ampliación y prolongación de calles y vías públicas en general;
XII. La planeación y ejecución de obras de infraestructura, equipamiento y servicios públicos urbanos;
XIII. La adopción de medidas para prevenir o atender desastres;XIV. La reubicación de los asentamientos humanos en zonas de riesgo;
XV. El establecimiento de formas y mecanismos de coordinación institucional, concertación privada y social y para la participación ciudadana, dirigidas al logro del desarrollo regional y urbano;
(REFORMADA, G.O. 26 DE ENERO DE 2007)
XVI. La desconcentración administrativa y territorial de las funciones que son atribución dela Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente, y de la Secretaría de Finanzas y Planeación y,
XVII. Las demás establecidas en esta Ley y otras disposiciones legales aplicables.
Artículo 2. Para los efectos de esta Ley se entiende por:
I. Bolsa de suelo urbano: el conjunto de predios con vocación urbana, que formen parte de la reserva territorial del estado o de los municipios, o depropiedades particulares, de ejidos o de comunidades, debidamente inscritos;
II. Consejo consultivo de desarrollo urbano: el órgano de consulta y de participación ciudadana, estatal, de zona conurbada o municipal, para definir, jerarquizar, seguir y evaluar los programas y acciones de desarrollo urbano;
III. Desarrollo regional: es un proceso de transformación de las condiciones económicas...
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