TRIBUTOS II GASTOS DEDUCIBLES
PRINCIPALES GASTOS DEDUCIBLES Y NO DEDUCIBLES PARA LA DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA.
1. GASTOS RECREATIVOS
CONCEPTO
S/.
Ingresos Netos del Ejercicio 2014
Gastos Recreativos Contabilizados
Es deducible el importe que resulte menor entre:
El 0.5% de los Ingresos Netos: S/. 1’ 930, 950.00 * 0.5 %
O con un límite de 40 UIT = 40 * 3, 850 = S/. 154, 000.00
1’ 930, 950.00
8, 975.00
9,654.75
En este caso no hay Reparo Tributario, porque los Gastos Recreativos no exceden del monto límite calculado.
BASE LEGAL:
ART. 37°, Inciso II) de la Ley del Impuesto a la Renta
ART. 21°, Inciso k) del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta
2. REMUNERCIÓN AL DIRECTORIO
DIRECTORES
S/.
ANDREA VERGARA
5, 500.00
PATRICIA BELLIDO
5, 500.00
NATALIA TORRES
5, 500.00
TOTAL REMUNERACIONESAL DIRECTORIO
16, 500.00
CONCEPTO
S/.
Utilidad Comercial
Dietas
TOTAL
Límite: 6% de la utilidad comercial: S/. 235, 000.00 * 6%
235, 000.00
16, 500.00
251, 500.00
15, 090.00
IMPORTE NO DEDUCIBLE: 16, 500.00 – 15, 090.00 = 1, 410.00
En este caso si hay Reparo Tributario de 1, 410.00, porque los gatos de la Remuneración realizadas al directorio excede del monto límite calculado.
BASE LEGAL:ART. 37°, Inciso m) de la Ley del Impuesto a la Renta
ART. 21°, Inciso l) del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta
3. GASTOS DE REPRESENTACIÓN
CONCEPTO
S/.
Ingresos netos del ejercicio 2014
Gastos de Representación contabilizados
Es deducible el importe que resulte menor entre:
El 0.5% de los ingresos netos: S/. 1’ 930, 950.00 * 0.5 %
O con un límite de 40 UIT = 40 * 3, 850 = S/.154, 000.00
1’ 930, 950.00
6, 050.85
9, 654.75
En este caso no hay Reparo Tributario, porque los Gastos Representación no exceden del monto calculado.
BASE LEGAL:
ART. 37°, Inciso q) de la Ley del Impuesto a la Renta
ART. 21°, Inciso m) del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta
R.T.F N° 0009-1-2005
4. VIÁTICOS EN EL EXTERIOR
GASTO SEGÚN ESCALA (EE.UU) US$ 440.00 * 5 DÍAS= US$ 2, 200.00
GERENTE DE LOGÍSTICA US$ 880.00 * 5 DÍAS = US$ 4, 400.00
TOPE MÁXIMO = US$ 4, 400.00
GASTO DE VIÁTICOS = US$ 4, 000.00
US$ 400.00
En este caso no hay Reparo Tributario, porque los Gastos de Viáticos no exceden del monto calculado según la escala. Además se sabe que al trabajador se le entregó US$ 4, 000.00 de los cuales solo gastó US$ 3, 850.00 y por ley tendráque devolver la diferencia al momento de hacer la rendición de cuenta ya que en este caso la diferencia es US$ 420.00
BASE LEGAL:
ART. 37°, Inciso r) de la Ley del Impuesto a la Renta
ART. 21°, Inciso n) del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta
ART. 51°- A de la Ley del Impuesto a la Renta
5. VIÁTICOS EN EL INTERIOR DEL PAIS
GASTO SEGÚN ESCALA S/. 380.00 * 5 DÍAS = S/.1, 900.00
GERENTE DE VENTAS S/. 760.00 * 5 DÍAS = S/. 3, 800.00
TOPE MÁXIMO = S/. 3, 800.00
GASTO DE VIÁTICOS = S/. 2, 000.00
S/. 1, 800.00
GASTO DE VIÁTICOS CONTABILIZADOS: S/. 1, 180.00
En este caso no hay Reparo Tributario, porque los Gastos de Viáticos no exceden del monto calculado según la escala. Además se sabe que al trabajador se le entregó S/. 2, 000.00 de los cualessolo gastó S/. 1, 180.00 y por ley tendrá que devolver la diferencia al momento de hacer la rendición de cuenta ya que en este caso la diferencia es S/. 820.00
BASE LEGAL:
ART. 37°, Inciso r) de la Ley del Impuesto a la Renta
ART. 21°, Inciso n) del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta
6. GASTOS NO SUSTENTADOS CON COMPROBANTES DE PAGO
El ART. 44° Inciso j) señala que: No sondeducibles para la determinación de la renta imponible de tercera categoría; los gastos cuya documentación sustentatoria no cumpla con los requisitos y características mínimas establecidos por el Reglamento de Comprobantes de Pago.
Asimismo, el inciso b) del artículo 25° del Reglamento de la LIR dispone que los gastos no deducibles son aquellos que se encuentran sustentados con documentos que de...
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