Trabajo Contable
SOL ICITA R DEVOL UCION POR CAMB IO DE SUJ ETO DE IVA
Importante: esta inf ormación que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es sólo una guía de
apoyo para los contribuyentes. Es deber de todo contribuyente leer la normativa vigente del SII.
1. Descripción del trámite paso a paso
2. ¿A qué se refiere este trámite?
3. ¿Quiénes deben realizar este trámite?
4. ¿Cuándo se hace este trámite?
5. ¿Dónde se hace este trámite?
6. Requisitos para ef ectuar el trámite
7. Observ aciones
8. Normativa relacionada al trámite
9. Preguntas frecuentes del trámite
10. Formularios relacionados al trámite
1) Descripción del trámite paso a paso para Solicitar dev olución por cambio de sujeto de IVA (Ver
página 4).
2. ¿A q u é s e r ef i er e es t e t r ám i t e?
A que los contribuyentes af ectados por algún cambio de sujeto, y que por ef ecto de la retención o
anticipo del Impuesto al Valor Agregado, no han podido imputar la totalidad de sus créditos
fiscales, podrán pedir la devolución del crédito fiscal del período o del remanente.
3. ¿Qu i én es d eb en r eal i zar es t e t r ám i t e?
Los contribuyentes af ectados por el cambio de sujeto del Impuesto al Valor Agregado de los
siguientes productos o servicios que no han podido imputar la totalidad de sus créditos f iscales, en
atención a dicha determinación adoptada por el Servicio de Impuestos Internos:
Arroz , Berries , Carne , Chatarra , Construcción , Ganado , Harina , Legumbres , Madera , Oro ,
Papeles y cartones , Pesca , Pequeños Productores Agrícolas , Productos Silv estres y Trigo.
Carne: Anticipo.
Harina: Anticipo.
4. ¿Cu án d o s e h ac e es t e t r ám i t e?
a. Para los cambios de sujeto de retención, dentro del mes siguiente al de la retención del tributo,
una v ez efectuada la declaración del Formulario 29 de Declaración y Pago Simultáneo.
Presentando Formulario 3550.
Los contribuyentes que no presenten la solicitud F3550, dentro del mes siguiente al de
retención del tributo, podrán hacerlo posteriormente, dentro del plazo establecido en el artículo
126 del Código Tributario, utilizando para ello el mismo F3550, indicando en el recuadro
“Norma solicitud”, que se acoge a dicha disposición.
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Este instructivo ha sido c onfeccionado de acuer do c on la normativa e instrucciones vigente;
las modific aciones pos ter ior es deber án s er c onsider adas par a la aplicación de la
inf or mación c ontenida en este documento
Có m o s e h ac e p ar a..?
b. Para los cambios de sujeto de anticipo:
·
Cambio de sujeto ventas de carne, la resolución respectiv a dispone acumular “Remanente
de anticipo de IVA” por un mínimo dos meses.
·
Cambio de sujeto v entas de harina, la resolución respectiva dispone “Remanente de
anticipo de IVA” por un mínimo de seis meses.
5. ¿Dó n d e s e h ac e es t e t r ám i t e?
En el Área de Plataforma de Atención y Asistencia de Contribuyentes de las Direcciones
Regionales y de las Unidades del Servicio Impuestos Internos, correspondientes al domicilio de la
casa matriz del contribuyente que presenta la solicitud.
6. Req u i s i t o s p ar a ef ec t u ar el t r ám i t e
Pueden solicitar devoluciones por Cambio de Sujeto, los contribuyentes afectados por retenciones
practicadas por agentes retenedores autorizados por el Servicio, siempre que se encuentren
imposibilitados de imputar sus remanentes a los débitos generados en sus operaciones, ya sea por
carecer de ellos, o por ser éstos insuf icientes en monto respecto del remanente determinado.
Las solicitudes de dev olución por cambio de sujeto deben ef...
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