SINDICO PROCURADOR
Del Síndico Procurador.- El Síndico Procurador tendrá a su cargo la función de contraloría interna y la procuración de la defensa de los intereses del Ayuntamiento, ostentando entodo caso, las siguientes atribuciones:
I.- Ejercer la representación jurídica del Ayuntamiento en los litigios jurisdiccionales y en las negociaciones relativas a la hacienda municipal pudiendonombrar apoderado legal, con arreglo a las facultades específicas que el Ayuntamiento le delegue;
En caso de que el Síndico Procurador, por cualquier causa, se encuentre imposibilitado para ejercerla representación jurídica del Ayuntamiento, éste resolverá lo conducente.
II.- Nombrar y remover al personal a su cargo;
III.- Vigilar que la administración de los bienes del Municipio, larecaudación fiscal, los procedimientos administrativos, la ejecución de obras y el ejercicio de los recursos, se realicen conforme a las disposiciones normativas aplicables en la materia, dictando lasmedidas preventivas correspondientes e imponiendo las sanciones que resulten procedentes, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de la materia y la reglamentación municipal, y
IV.- Determinar laexistencia de responsabilidad administrativa, imponiendo y aplicando las sanciones que en derecho procedan;
V.- En caso de presumirse la comisión de ilícitos sancionados por el Código Penal delEstado o de la Federación, presentar las denuncias o querellas ante las autoridades competentes;
VI.- Dictar las medidas preventivas correspondientes; y
VII.- Todas aquéllas que el Ayuntamiento leconfiera en su reglamentación interior o de gobierno, o en los acuerdos específicos que adopte.
SINDICO SOCIAL
El Síndico Social tendrá a su cargo la función de procuración de la defensa de losintereses de los habitantes del municipio, ostentando las siguientes atribuciones:
I.- Participar en la formulación y ejecución de los programas municipales de desarrollo social, vigilando su...
Regístrate para leer el documento completo.