Síntesis Servini de Cubría c/ Tato Bores
Temas:
Derecho a la Información y prohibición de censura previa (“Es evidente la
estrecha relación que existe entre los medios de comunicación y el concreto ejercicio
de la libertad de expresión, pues ésta resultaría una mera declaración teórica sin los
instrumentos que permitieran publicar las ideas, brindar información o acceder a
suconocimiento. Bastaría una simple restricción a la actividad de tales medios,
para coartar el pleno ejercicio de esa libertad. Es por ello que, dado que los medios
de comunicación constituyen el ámbito natural para la realización de los actos
amparados por la libertad de expresión y que a ese contenido dedican
primordialmente su actividad, toda censura previa que sobre ella se ejerza padece
una fuertepresunción de inconstitucionalidad”. Del voto mayoritario de la Corte
Suprema de Justicia) / Derecho a la intimidad y al honor / Garantía del
debido proceso.
Partes:
Demandante: María Romilda Servini de Cubría
Demandados: Mauricio Boresztein (Tato Bores) y Canal 13.
Hechos:
La jueza María Romilda Servini de Cubría promovió una acción de amparo en la que
solicitó como medida cautelar quese impidiera la proyección de un “tape” en el
programa televisivo “Tato, la leyenda continúa”, por resultar ofensivo a su persona.
Como fundamento de su planteo, la jueza expresó que en las emisiones del
mencionado programa de los días 28 de julio, 4 de agosto y 10 de diciembre de 1991,
había sido difamada, razón por la cual decidió iniciar una querella criminal por los
delitos de injuria ydesacato (delito entonces vigente y que en la actualidad se
encuentra derogado).
Por tal motivo, una persona –quien dijo pertenecer al canal 13 de TV- se comunicó
telefónicamente con ella, alertándola de que en caso de iniciar las querellas aludidas,
se emitiría días más tarde, un programa aún más injuriante.
Es así que la peticionante invocó el art. 1071 bis del Código Civil en cuanto facultaa
instar la cesación de actividades violatorias del derecho a l intimidad.
Etapas del proceso
El juez de primera instancia federal en lo Civil y Comercial, rechazó la
medida cautelar solicitada porque consideró que la petición constituía un acto de
censura previa, prohibido por nuestra Constitución Nacional.
La Dra. Servini de Cubría apeló la denegación de la cautelar solicitada.
A 24 horasdel fallo de primera instancia, siendo día sábado y sin que hubiese
mediado habilitación de los días y horas inhábiles, la Sala II de la Cámara de
1
Por Ezequiel E. Klass (2010)
1
Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal revocó la sentencia de primera
instancia y dispuso como medida cautelar prohibir provisionalmente la proyección de
cualquier imagen o concepto vinculado con laactora.
Para así decidir sostuvo que la prohibición de censura previa no es absoluta y la
protección del honor de la jueza justifica la medida que solo tiene el simple efecto
provisional de postergar la emisión de un aspecto del programa televisivo. De lo
contrario, el honor y la fama de la demandante, -derechos cuya jerarquía
constitucional no es menor a la libertad de prensa, según señalan ensu fallo- se
verían irremediablemente vulnerados.
La Cámara no visualizó el “tape” en cuestión, por considerarlo innecesario en virtud
del carácter limitado y provisional de una actuación de carácter cautelar.
Contra dicha resolución, Tato Bores y Canal 13 interpusieron diversos recursos
extraordinarios, cuya denegación parcial por parte de la Cámara, motivó la
presentación de un recurso dequeja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación
(CSJN).
Fallo CSJN
observación preliminar
El fallo de Corte fue resuelto por mayoría de votos. En los tribunales colegiados –es
decir con más de un integrante-, las sentencias pueden ser por unanimidad o por
mayoría. En el primer caso, puede ocurrir, no obstante la unanimidad, que haya
votos con distintos fundamentos (lo que se indica...
Regístrate para leer el documento completo.