regimenes patrimoniales
Trabajo
Familia y Sucesiones
Profesor: Lic. Magda
Materia: Derecho Individual del Trabajo
Clave: 1616
Alumno:Grupo: 5919
2011 – 2012
5.5 Regímenes Patrimoniales del Matrimonio. Donación entre Consortes
Capítulo VIII
De las donaciones entreconsortes
Artículo 232: los consortes pueden hacerse donaciones, con tal de que no sean contrarias a las capitulaciones matrimoniales, ni perjudiquen el derecho de los ascendientes o descendientes arecibir alimentos.
Durante el matrimonio cualquiera de los consortes puede hacerle donaciones al otro, siempre que no sean contrarias a las capitulaciones matrimoniales y no perjudiquen el derecho de losascendientes o descendientes a recibir alimentos.
Si los cónyuges se encuentran unidos bajo el régimen patrimonial de separación de bienes, es claro que no existe motivo alguno que impida la donaciónque uno de ellos quiera hacer al otro; será indispensable, tan solo se obtenga la autorización judicial que los esposos necesitan para contratar entre sí, atento a lo dispuesto en el art. 174 de CC.El problema se presenta, respecto de bienes sujetos al régimen de sociedad conyugal. Si los consortes has estipulado en las capitulaciones matrimoniales ese régimen, este no podrá ser alterado porlos pactos que realice unilateralmente cualquiera de ellos ni ambos: la imposibilidad jurídica produce la inexistencia de la donación.
El contrato de compraventa, dice el art. 176 del CC, solo puedecelebrarse entre los cónyuges cuando el matrimonio este sujeto al régimen de separación de bienes. Lo mismo ocurre en cuanto al contrato de donación, pues la naturaleza de la sociedad conyugal impideque tal acto jurídico sea factible.
Las donaciones entre consortes serán inoficiosas en la medida en que perjudiquen el derecho de los acreedores alimentistas, siempre que se trate de ascendientes o...
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