REGIMEN INCORPORACION FISCAL
Los contribuyentes personas físicas que realicen actividades empresariales, que vendan bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional, así como aquellos que realicen las actividades señaladas y que además obtengan ingresos por sueldos o salarios, asimilados a salarios o ingresos por intereses, siempre que el total de losingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior por los conceptos mencionados, en su conjunto no hubiera excedido de la cantidad de dos millones de pesos.
Como ejemplo de actividades empresariales: Fondas, misceláneas, salones de belleza, refaccionarias, talleres mecánicos, tintorerías, carnicerías, papelerías, fruterías, ente otras.
Pueden tributar en este régimen actividades empresariales através de una copropiedad, siempre que la suma de los ingresos de todos los copropietarios por estas actividades, sin deducción alguna, no exceda en el ejercicio anterior de dos millones de pesos, y que en lo individual el ingreso que le corresponda a cada copropietario, sin deducción alguna, junto con los ingresos por ventas de activos fijos tampoco lo excedan. Debe cumplir las obligacionesderivadas de la copropiedad, tales como llevar los libros, realizar registros, expedir comprobantes y presentar declaraciones es únicamente el representante común
Quien obtenga ingresos son por sueldos, pensiones o jubilaciones y además se tiene un negocio, puede tributar en el Régimen de Incorporación, cuando el total de los ingresos anuales por todas las actividades no exceda los dos millones depesos.
Los comisionistas pueden incorporarse al régimen siempre que sus comisiones no representen más de 30% de tus ingresos.
Inscripción
Si eras REPECO, ahora estarás inscrito en este régimen de manera automática.
Regla I.2.5.7. de la RMF para 2014
Si estabas en el régimen intermedio podías integrarte, siempre y cuando los ingresos de la última declaración anual fueran menores de dos millones depesos. (Esta opción vencía el 31 de marzo del 2014 posteriormente se amplió el plazo hasta el 14 de abril del 2014)
Regla I.2.5.8., tercer párrafo para 2014
Si no estás inscrito, primero date de alta en el RFC, puedes hacerlo en sat.gob.mx con tu CURP o acudir a una de las oficinas. Una vez inscrito en el RFC, o si ya tienes uno, tramita tu contraseña en las oficinas del SAT
Registra tusingresos y gastos
Es necesario un registro de cuantos ingresos obtienes por tus ventas o prestaciones de servicio, y de cuantos gastos, has realizado en tu negocio. Los requisitos para deducción son los de ley.
APLICACIÓN MIS CUENTAS
Para registrar tus ingresos, también puedes usar la aplicación mis cuantas.
Los ingresos que tienes que registrar (en cualquier momento antes de que termine el bimestre)son todos aquellos por los que no hayas emitido factura. Es importante que no emitas una factura y registres un ingreso por la misma operación.
Necesitas registras solo los gastos por los que no hayas pedido factura. Puede ser por ejemplo productos que compraste para vender.
Si no expiden factura por algún gasto pide el RFC para registrarlo en mis cuentas.
Facturación
Se puede adquirir el serviciode un tercero autorizado o cuando ya estés inscrito en el régimen de incorporación fiscal, podrás usar la aplicación mis cuentas que te proporciona el SAT en internet y desde tu celular puedes generarla.
I.S.R.
El primer año no pagas impuestos sobre la renta, el porcentaje de reducción es del 100%
El segundo año obtendrás un porcentaje de reducción del 90% así progresivamente durante 10 años;disminuyendo la reducción un 10% cada año. El impuesto no se genera sobre el ingreso sino por la utilidad.
Art. 111 de la Ley de ISR y regla 1.2.5.21 de la Primera Resolución de Modificaciones de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014.
Reglas 1.2.7.1.21 y 1.2.8.2 de la Primera Resolución de Modificaciones de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014.
Art. 112 de la Ley de ISR y regla 1.2.8.2 de...
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