Recurso reposicion
Doctor
ENRIQUE VILLOTA PÉREZ
Gerente Centro Hospital de la Florida E.S.E
La Florida- Nariño
Ref.: Recurso de reposición frente a la Resolución No. 172 de 26 de junio de 2015.
MILDRE JHOANA MUÑOZ, identificada con cedula de ciudadanía No. xxxxxxx expedida en Taminango (N), Por medio del presente documento, y actuando en mi calidad de ex trabajadoradel Centro Hospital de la Florida E.SE, respetuosamente me permito manifestarles que dentro del término legal interpongo RECURSO DE REPOSICIÓN frente a la RESOLUCION No. 172 de 26 de junio de 2015, notificada mediante correo electrónico el 4 de agosto del 2015, que liquida las prestaciones sociales de un ex funcionario del Centro Hospital de la Florida E.SE, el cual me permito sustentar enlos siguientes Términos:
Encuentro que la Resolución No. 172, por medio de la cual se realiza la liquidación de mis prestaciones sociales, desconoce la tasación de la indemnización moratoria señalada en el artículo 65 del código sustantivo del trabajo, debido a la mora en el pago de las prestaciones debidas a la suscrita.
El texto del artículo es muy claro al señalar que el empleador a laterminación del contrato debe cancelar las prestaciones debidas, es decir de forma inmediata, de lo contrario deberá pagar al empleado la indemnización moratoria por el no pago de las prestaciones sociales adeudadas.
El artículo 65 del código sustantivo del trabajo establece:
“si a la terminación del contrato, el empleador no paga al trabajador los salarios y prestaciones debidos, salvo los casosde retención autorizados por la ley o convenidos por las partes, debe pagar al asalariado, como indemnización, una suma igual al último salario diario por cada día de retardo.”,
Mediante resolución No. 172 de 26 de junio de 2015 en su artículo primero se puede observar que se reconoce y ordena pagar, por concepto de liquidación de las prestaciones sociales a que tengo derecho la suma de seismillones trecientos sesenta y cinco mil ochocientos sesenta pesos, de los cuales son sin situación de fondo los valores consignados al fondo de cesantías dos millones doscientos sesenta y dos mil ochocientos noventa y cinco ($2.262.895) y con situación de fondo el valor de cuatro millones ciento dos mil novecientos sesenta y cinco pesos ($ 4.102.965).
Es así entonces que el empleador a pesarde conocer que mi relación laboral con el Centro Hospital la Florida E.S.E, terminaba el 12 de mayo del 2015, no tuvo lista la liquidación de mis prestaciones, por el contrario como lo podemos observar en la liquidación de 26 de junio de 2015, el empleador se tardó 43 días para realizar la liquidación de mis prestaciones sociales debidas, por lo que debío tener en cuenta que existía una mora ypor ende relacionar en la liquidación del 26 de junio del presente año la indemnización moratoria por el termino de 43 días de retraso.
Toda vez que la indemnización moratoria no fue relacionada en la liquidación, la misma debe pagarse a favor de la suscrita, como un crédito laboral con prelación de primera clase (debido a su naturaleza), a razón de $ 68.640 pesos por cada día contado desde el13 de mayo de 2015, (fecha de mi retiro) y hasta que se verifique el pago de mis prestaciones e indemnizaciones. Dado que a la fecha en la que se expidió la resolución No. 172 de 26 de junio de 2015 habían transcurrido 1 mes mas 13 días, el número total de días a liquidar hasta el presente momento corresponde a 43 días, lo cual nos arroja una cifra total por concepto de indemnización moratoriapor valor de: Dos Millones Novecientos Cincuenta y un mil Quinientos Treinta y siete Pesos ($2.951.537), hasta el 26 de junio de 2015, valor que no se refleja en la liquidación realizada.
Además se debe tener en cuenta que desde el 26 de junio del 2015 hasta la fecha han trascurriendo 44 días más de retraso en el pago de las prestaciones sociales e indemnización y la liquidación debe...
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