Profesora De Ciencias
Fernando Carlos Ibañez – Docente y Abogado – www.fernandocarlos.com.ar
Ley 26773
fc - Fernando Carlos Ibañez
Docente – Abogado
Asesoramiento Jurídico a docentes.
Más info en
www.fernandocarlos.com.ar
Ley 26.773
Régimen de ordenamiento de la
reparación de los daños derivados
de los accidentes de trabajo y
enfermedadesprofesionales.
1
A los fines de la presente, se entiende
por régimen de reparación al conjunto
integrado por esta ley, por la Ley de
Riesgos del Trabajo 24.557 y sus
modificatorias, por el Decreto 1694/09,
sus normas complementarias y
reglamentarias, y por las que en el
futuro las modifiquen o sustituyan.
ARTICULO 2º — La reparación
dineraria se destinará a cubrir la
disminuciónparcial o total producida
en
la
aptitud
del
trabajador
damnificado para realizar actividades
productivas
o
económicamente
valorables, así como su necesidad de
asistencia continua en caso de Gran
Invalidez, o el impacto generado en el
entorno familiar a causa de su
fallecimiento.
Sancionada: Octubre 24 de 2012.
Promulgada: Octubre 25 de 2012.
REGIMEN DE ORDENAMIENTO DE
LAREPARACION DE LOS DAÑOS
DERIVADOS DE LOS ACCIDENTES
DE TRABAJO Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES
Las prestaciones médico asistenciales,
farmacéuticas y de rehabilitación
deberán otorgarse en función de la
índole de la lesión o la incapacidad
determinada. Dichas prestaciones no
podrán ser sustituidas en dinero, con
excepción de la obligación del traslado
del paciente.
Capítulo I
Ordenamientode la Cobertura
ARTICULO 1º — Las disposiciones
sobre reparación de los accidentes de
trabajo y enfermedades profesionales
constituyen un régimen normativo
cuyos objetivos son la cobertura de los
daños derivados de los riesgos del
trabajo con criterios de suficiencia,
accesibilidad y automaticidad de las
prestaciones dinerarias y en especie
establecidas para resarcir tales
contingencias.El derecho a la reparación dineraria se
computará, más allá del momento en
que se determine su procedencia y
alcance, desde que acaeció el evento
dañoso o se determinó la relación
causal adecuada de la enfermedad
profesional.
El principio general indemnizatorio es
de pago único, sujeto a los ajustes
previstos en este régimen.
Visite www.fernandocarlos.com.ar - Portal de Educación2
Indemnización por Accidentes de Trabajo o Enfermedad Profesional
Fernando Carlos Ibañez – Docente y Abogado – www.fernandocarlos.com.ar
Ley 26773
de
responsabilidad
no
serán
ARTICULO 3º — Cuando el daño se
acumulables.
produzca en el lugar de trabajo o lo
sufra el dependiente mientras se
El principio de cobro de sumas de
encuentre a disposición del empleador,
dinero o lainiciación de una acción
el damnificado (trabajador víctima o
judicial en uno u otro sistema implicará
sus derechohabientes) percibirá junto
que se ha ejercido la opción con
a las indemnizaciones dinerarias
plenos efectos sobre el evento dañoso.
previstas en este régimen, una
indemnización adicional de pago único
Las
acciones
judiciales
con
en compensación por cualquier otro
fundamento enotros sistemas de
daño no reparado por las fórmulas allí
responsabilidad sólo podrán iniciarse
previstas, equivalente al veinte por
una vez recibida la notificación
ciento (20%) de esa suma.
fehaciente prevista en este artículo.
En caso de muerte o incapacidad total,
esta indemnización adicional nunca
será inferior a pesos setenta mil ($
70.000).
ARTICULO 4º — Los obligados por la
ley24.557 y sus modificatorias al pago
de la reparación dineraria deberán,
dentro de los quince (15) días de
notificados de la muerte del trabajador,
o de la homologación o determinación
de la incapacidad laboral de la víctima
de un accidente de trabajo o
enfermedad
profesional,
notificar
fehacientemente a los damnificados o
a sus derechohabientes los importes
que les corresponde...
Regístrate para leer el documento completo.