Principios generales contenidos en la constitución que afecten al código civil
El influjo de la Constitución ha consistido en dinamizar la idea de los derechos fundamentales o derechos del hombre,especialmente en aquellas partes que, en materia de derechos civiles se solía denominar derechos de la personalidad, produciendo al mismo tiempo una legislación reguladora de la mayor parte de ellos.La constitución ha dotado de un nuevo sentido a instituciones de raigambre civil muy antigua, como ocurre, en especial, con la filiación el matrimonio o la sucesión “mortis causa”.
La filiación y lapatria potestad aparecen en el art. 39 de la Constitución: “Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales estos ante la ley con independencia de su filiación,y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demáscasos en que legalmente proceda”.
Tras la publicación de de este artículo el código Civil es reformado por la ley del 13 de Mayo de 1981. En la filiación haya que destacar que se suprime la distinciónentre los hijos legítimos e ilegítimos, equiparando ambas filiaciones bajo la denominación matrimonial y no matrimonial.
La patria potestad se regula bajo el principio básico de que es un poder deejercicio conjunto por los progenitores.
La ley del 7 de Julio de 1981 reforma completamente el Título IV del libro I del Código civil, relativo al matrimonio. La novedad más importante a destacar es laregulación del divorcio, recogido en el art 32.2 de la constitución: “ La ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causasde separación y disolución y sus efectos”.
El principio de igualdad entre el hombre y la mujer establecido en el Art 14 de la Constitución (los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda...
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