Principio General De La Buena Fe
(Principio de la buena fe)
Ramo: Introducción al derecho
Profesora: Rady Venegas
Alumno: Jaime Oñate
Los principios generales de derecho son una fuente supletoria del derecho, aunque existe una discusión con corrientesque plantean que es una fuente formal del derecho, pero estrictamente los principios generales no calzan en esa definición ya que por sí mismos no son creadores de leyes. Son supletorias ya que en caso de que la ley, fuente principal de decisiones de los jueces, no resolviera de fondo el asunto en discusión, se hacen presentes los principios generales del derecho, para cumplir con tres funciones,primero podes ser utilizados en caso de que le ley tenga “vacios o lagunas”, segundo en caso de que la ley presente problemas de interpretación, y tercero en el caso de que la aplicación de la ley traiga consigo resultados claramente injustos que el juez decidiera no dejar pasar
En el siguiente documento veremos el análisis de uno de los más importantes principios generales del derecho, como loes el principio de la buena fe, como se aplica en distintas ramas del derecho y en general como se debe actuar de acuerdo con la buena fe.
Primero debemos definir el concepto de buena fe, consistente en el estado mental de honradez, de convicción en cuanto a la verdad o exactitud de un asunto, hecho u opinión, título de propiedad, o la rectitud de una conducta. Ella exige una conducta rectau honesta en relación con las partes interesadas en un acto, En ocasiones se le denomina principio de probidad. De la anterior definición de buena fe podemos desprender que la buena fe es un estado “mental de honradez”, por lo tanto al ser mental, es un tanto autónomo, es decir que, depende de nuestro fuero interno, y al decir honradez podemos también decir que es algo relacionado con la moral.Por ejemplo al comprar un bien mueble, el vendedor nos entrega la cosa, haciéndonos tradición de la misma (es decir de una forma no solemne, sin ciertos requisitos como es el caso de los bienes inmuebles, como un terreno, que tiene que inscribirse en el Conservador de Bienes Raíces) y el comprador supondrá que el vendedor es el propietario de la cosa (al margen de la posibilidad de vendercosas ajenas, conforme al artículo 1815 del Código Civil), por lo tanto, le puede transferir el supuesto dominio que él tiene sobre la cosa, pero que tal si el vendedor se hizo de la cosa por medio de un hurto, en este caso ¿el comprador que ignora este hecho, quedaría como dueño de la cosa?. En este caso el comprador se convertiría en un poseedor y no en el propietario de la cosa, pero no en unsimple poseedor, si no que, en un poseedor de buena fe a diferencia del vendedor que había obtenido la posesión de la cosa por un hurto, convirtiéndose en un poseedor de mala fe. Bueno ¿y qué ventajas puede tener el poseedor de buena fe sobre la cosa en cuestión?, si bien, como dice un antiguo principio romano que es acogido por nuestro derecho, “nadie puede transmitir un derecho mejor ni más extensodel que se posee”, el derecho ampara esta situación de injusticia con el principio de protección a la buena fe del poseedor que adquirió una cosa pensando que actuaba conforme al derecho, adquiriendo en definitiva el dominio por medio de la prescripción, que nuestro código civil se encuentra en el artículo 2492 lo define como, “La prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguirlas acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales”, lo que en palabras simples podemos señalar como que el poseedor de buena fe puede convertirse en propietario de la cosa teniendo la cosa bajo su poder por la cantidad de tiempo que la ley señale. Lo mismo...
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