Parcial Derecho Constitucional
Artículo 30- La Constitución puede reformarse en el todo o en cualquiera de sus partes. La necesidad de reforma debe ser declarada por el Congreso con el voto de dos terceras partes, al menos,de sus miembros; pero no se efectuará sino por una Convención convocada al efecto.
La constitución se reforma por medio de un organismo denominado Convención Constituyente.
El Art. 30 establecelos procedimientos para dicha reforma en dos etapas:
- Etapa Precosntituyente: se dicta una ley que declara la necesidad de la reforma se ponen los puntos a reformar, el ejecutivo la promulgaluego se llama a elección de convencionales para que tal necesidad sea aprobada es necesario que la cámara de diputados y senadores resuelva la reforma o no con las dos terceras partes de sus miembros.Actividad Constituyente: Comienza la convención constituyente; y se modifica y tiene que tener el quórum; luego tiene un periodo de vacancia de aplicación y luego rige hasta tanto no se modifique. laley la puede presentar cualquier legislador o el poder ejecutivo por medio de un proyecto.
2.-
Atribuciones del congreso
Art. 75 inc. 8: Fijar anualmente, conforme a las pautas establecidas enel tercer párrafo del inciso 2 de este articulo el presupuesto general de gastos y cálculos de recursos de la administración nacional, en base al programa general de gobierno y al plan de inversionespublicas y aprobar o desechar la cuenta de inversión.
Atribuciones del Poder ejecutivo.
Art 99 inc 10: Supervisa el ejercicio de la facultad del jefe de gabinete de ministros respecto de larecaudación de las rentas de la Nación y de su inversión, con arreglo a la ley o presupuestos de gastos nacionales.
Del jefe de gabinete y demás ministros del poder ejecutivo.
Art 100 inc 6: Enviar alcongreso los proyectos de ley del ministerio y de presupuesto nacional, previo tratamiento en acuerdo de gabinete y aprobación del poder ejecutivo.
Inc 7: Hacer recaudar las rentas de la nación y...
Regístrate para leer el documento completo.