Normativa y función de los programas de acción educativa española en el exterior
Normativa y función de los programas de AEEE*
Siguiendo el Real Decreto 1027/1993, modificado, derogado parcialmente y complementado por el Real Decreto 1038/2002, la Acción Educativa Española en el Exterior desarrolla una serie de programas encaminados a: Atender las necesidades educativas de la población española residente en el extranjero.Dar respuesta a las demandas de español como lengua extranjera Contribuir a la promoción de la difusión de la lengua y cultura españolas en el mundo. Para llevar a cabo y garantizar esa presencia cultural y educativa, se establece una red de atención en el exterior que abarca las siguientes acciones: Centros Docentes de Titularidad del Estado Español. Centros de Titularidad Mixta. SeccionesEspañolas en Centros Extranjeros. Presencia Española en Escuelas Europeas. Agrupaciones de Lengua y Cultura Española (ALCE) Asesores Técnicos Centros de Convenio. Auxiliares de Conversación. Profesores Visitantes. Secciones Bilingües.
Otros programas de Educación en el Exterior son:
RESUMEN PROGRAMAS DE EDUCACIÓN EN EL EXTERIOR 2009-10
Normativa y función de los programas de AEEE*
LOSPROGRAMAS DE AEEE. - Centros Docentes de Titularidad del Estado Español.
En estos centros se imparten enseñanzas regladas del sistema educativo español de nivel no universitario, adecuándolas a las necesidades específicas del alumnado y a las exigencias del entorno socio-cultural.
- Centros de Titularidad Mixta.
El Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa enel exterior, dispone que el Estado español puede establecer Convenios con Administraciones extranjeras o con personas físicas o jurídicas para la creación de Centros de titularidad mixta, a través de fundaciones o sociedades reconocidas legalmente en los países respectivos. Estos centros tienen las siguientes características:
Son dirigidos por funcionarios españoles nombrados por elMinisterio de Educación español. Tienen un régimen económico autónomo. Se rigen por las normas de organización y funcionamiento que establecen los convenios correspondientes y los respectivos reglamentos de régimen interior. Pueden impartir enseñanzas del sistema español o de los sistemas educativos de los países respectivos, con un componente adecuado, en este supuesto, de lengua y cultura españolas.
- Secciones Españolas en Centros Extranjeros.
Las Secciones Españolas tienen como objetivo básico la educación reglada española integrada en los sistemas educativos propios de otros países, en el contexto de experiencias educativas de carácter intercultural y de promoción del bilingüismo. Desarrollan currículos de Lengua y Literatura Española y currículos
integrados de la Historia yGeografía de España, y del país
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correspondiente, dentro del horario escolar y del sistema educativo del país de residencia. Se rigen por las normas internas de organización y funcionamiento de los centros de los que forman parte, y por las acordadas bilateralmente con las autoridades respectivas al amparo de diferentes Acuerdos o Convenios. Losestudios cursados tienen validez en los sistemas educativos de los países donde están implantadas las Secciones; su reconocimiento en el sistema educativo español se obtiene mediante la posterior convalidación u homologación de los mismos por el órgano competente del Ministerio de Educación.
- Presencia Española en Escuelas Europeas.
Las Escuelas Europeas se crearon, en Luxemburgo el 12 deabril de 1957, con la firma del "Estatuto de la Escuela Europea" que entró en vigor, de forma general, el 22 de febrero de 1960. España se integró en las Escuelas Europeas en 1986, como consecuencia de la adhesión a las Comunidades Europeas. El Ministerio de Educación representa a España en el Consejo Superior de las Escuelas Europeas, en los Consejos de Inspección y en el Comité Administrativo y...
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