Licenciatura
Sucre, 30 de abril de 2002
Expediente N°: 2002-03767-08-RDN
Partes: Juan Carlos Antonio Querejazu Ortiz, Gerente General de la Empresa Eléctrica "Valle Hermoso" S.A.; Roger J. Dupuis, Gerente General de la Compañía Boliviana de Energía Eléctrica S.A.; José Erick Lafuente Tapia, representante legal de la Empresa Eléctrica Corani Sociedad Anónima; AngelZannier Claros, Gerente General de la Empresa Hidroeléctrica Boliviana S.A.; Luis Mauricio Peró Diez de Medina, representante legal de la Compañía Eléctrica Guaracachi S.A.; Julio Lemaitre Solares, representante legal de la Compañía Eléctrica Central Bulo Bulo S.A. contra Jorge Quiroga Ramírez, Presidente Constitucional de la República; Enrique Toro Tejada, Presidente del Senado y PresidenteConstitucional de la República en Ejercicio a momento de dictarse el Decreto recurrido, Ramiro Cavero Uriona, Ministro de Desarrollo Sostenible; Enrique Paz Argandoña, Ministro de Salud; Walter Núñez Rodríguez, Ministro de Agricultura; Xavier Nogales Iturri, Ministro de Vivienda; Wigberto Rivero Pinto, Ministro de Asuntos Campesinos; Leopoldo Fernández Ferreira, Ministro de Gobierno; Oscar GuilarteMinistro de Defensa; José Abel Martinez, Ministro de Desarrollo Económico; Gustavo Fernández Saavedra, Ministro de Relaciones Exteriores; Carlos Kempff B., Ministro de Desarrollo Económico; Juan Chain Lupo, Ministro de Trabajo; Amalia Anaya Jaldín, Ministra de Educación; Jaques Trigo Loubiere, Ministro de Hacienda; Mauro Bertero, Ministro de Información; Claudio Mancilla Peña, Ministro de ComercioExterior; José Luis Lupo Flores, Ministro de la Presidencia y Mario Serrate Ruiz, Ministro de Justicia.
Materia: Recurso Directo de Nulidad
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Felipe Tredinnick Abasto
VISTOS: El Recurso Directo de Nulidad interpuesto por las Empresas recurrentes en contra de las autoridades arriba nombradas, demandando la nulidad del D.S. Nº 26377 publicado el 14 denoviembre de 2001; el memorial de respuesta y demás antecedentes, y
CONSIDERANDO I
En su memorial presentado el 12 de diciembre de 2001, cursante de fs. 406-411, los representantes legales de las Empresas recurrentes, acreditando personería y personalidad jurídica, expresan lo siguiente:
I.1. El Poder Ejecutivo, en 14 de noviembre de 2001 publicó el Decreto Supremo 26377 que en su parteresolutiva señala: "Los precios de nodo de energía, potencia y peajes y sus respectivas fórmulas de indexación establecidos por la Superintendencia de Electricidad mediante Resolución SSDE 072/2001 de 2 de mayo de 2001, para el semestre mayo-octubre de 2001, continuarán vigentes en el trimestre noviembre de 2001-enero de 2002 y los Costos Marginales de Corto Plazo de Energía para este período sedeterminarán con los precios de combustibles declarados para la programación de mediano plazo de período mayo 2001-abril 2005".
I.2. Dicen los recurrentes que al declarar el Poder Ejecutivo vigentes los precios del semestre mayo-octubre 2001 para el trimestre noviembre 2001 - enero 2002, ha usurpado las atribuciones del Superintendente de Electricidad, por cuanto de acuerdo: a) al art. 10 inc.e) de la Ley del Sistema de Regulación Sectorial, es atribución de las Superintendencias Sectoriales aprobar precios y tarifas, de acuerdo a normas legales sectoriales; b) el art. 12 incs. h) e i) de la Ley de Electricidad, señala que el Superintendente de Electricidad, tendrá la atribución de aplicar procedimientos de cálculo de precios y tarifas, para las actividades de generación, de laindustria eléctrica; y c) el art. 49 de dicha Ley de Electricidad, establece que la Superintendencia de Electricidad, aprobará semestralmente los precios de nodo para el suministro a las empresas de distribución, presentados por el Comité Nacional de Despacho de Carga.
I.3. El Poder Ejecutivo -alegan-, también usurpó las funciones dadas por Ley al Comité Nacional de Despacho de Carga (CNDC), Comité...
Regístrate para leer el documento completo.