ley estatal de equilibrio ecologico en materia de control de emisiones
Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General Gobierno. Estados Unidos Mexicanos.
DIGELAG ACU 031/2012
DIRECCIÓN GENERAL DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y ACUERDOS GUBERNAMENTALES
ACUERDO DEL CIUDADANO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE JALISCO
Guadalajara, Jalisco, a 9 de julio de 2012
Emilio González Márquez, GobernadorConstitucional del Estado de Jalisco, con fundamento en los artículos 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 36, 46 y 50 fracciones XXI y XXV de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 8°, 19 fracción II, 21, 22 fracciones I, XXII y XXIV, 23 fracción XIV y 33 Bis fracciones III y XVII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; 1°, 4°,7° fracciones I, II, III, VII, XVIII, XXI y XXII, 110, 112 fracciones I, V, VII, VIII, X y XII de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; así como 1°, 2° fracción V, 5º fracciones I, II, III, V, VI, XI, XIV, XVIII, XIX, XXII y XXXIV, 6° fracciones I, III, IV, VI, X, XXIII y XXV, 9° fracciones V, IX, X, XI y XVII, 34, 71 fracciones I y II, 72 fracciones I, V, VII, VIIIy X de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección; y con base en los siguientes
CONSIDERANDOS
I. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4° que “Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar”; debiendo el Estado garantizar el respeto a este derecho constitucional, siendo la calidad del aire unelemento primordial para garantizar un medio ambiente saludable para el desarrollo de todos los mexicanos.
II. Que la Constitución Política del Estado de Jalisco, en su artículo 36 preceptúa que el ejercicio del Poder Ejecutivo se deposita en un ciudadano que se denomina Gobernador del Estado; asimismo, el numeral 50 fracción XXI determina, entre las facultades y obligaciones del Ejecutivo delEstado, el ejercer en forma concurrente con la Federación y los municipios, “las atribuciones en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y protección a! ambiente”, así como el delegar facultades especificas en el ámbito administrativo cuando no exista disposición contraria para ello, a las secretarías, dependencias, organismos y entidades que se constituyan para auxiliarlo enel desempeño de sus atribuciones.
III. Que la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece en su artículo 33 Bis que la Secretaría de Medio Ambiente para el Desarrollo Sustentable es la dependencia responsable de normar y formular la política ambiental estableciendo los criterios y los programas para el desarrollo sustentable del Estado, fomentando la protección, conservación, preservación yrestauración de los recursos naturales de la entidad y la prevención y disminución de la contaminación ambiental, de conformidad con la distribución de competencias que establecen las leyes federales y estatales aplicables en la materia.
IV. Que el programa de control de emisiones vehiculares, desde su génesis, ha sido concebido desde una perspectiva eminentemente ambientalista, como el mecanismopara disminuir la contaminación del aire y de las influencias negativas que ésta tiene en la salud de las personas y en los ecosistemas, en tanto que cerca del 90% de la contaminación atmosférica proviene de fuentes móviles.
V. Que mediante Decreto 23306 publicado en el periódico oficial “EI Estado de Jalisco” el 9 de diciembre de 2010, se normó en la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y laProtección al Ambiente la obligatoriedad del programa de verificación vehicular, tanto para unidades del transporte público como para vehículos de uso particular; asimismo, con dicho decreto también se reformaron diversos preceptos de la Ley de los Servicios de Vialidad, Tránsito y Transporte del Estado de Jalisco, entre otras cosas, con la finalidad de complementar lo dispuesto en la legislación...
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