La Emisi N De
obligaciones
DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 304º.- Emisión
La sociedad puede emitir series
numeradas de obligaciones que
reconozcan o creen una deuda a favor de
sus titulares.Una misma emisión de obligaciones
puede realizarse en una o mas etapas o
en una o mas series, si así lo acuerda la
junta de accionistas o de socios, según el
Articulo 305º.- Importe
caso.
El importetotal de las obligaciones, a la fecha
de emisión, no podrá ser superior al
patrimonio neto de la sociedad, con las
siguientes excepciones:
1. Que se haya otorgado garantía especifica;
o,
2. Que laoperación se realice para solventar el
precio de bienes cuya adquisición
o construcción hubiese contratado de
antemano la sociedad; o,
3. En los casos especiales que la ley lo
Articulo 306º.-Condiciones de la emisión
Las condiciones de cada emisión, así como la
capacidad de la sociedad para formalizarlas, en
cuanto no estén reguladas por la ley, serán las que
disponga el estatuto y las queacuerde la junta de
accionistas o de socios, según el caso.
Son condiciones necesarias la constitución de un
sindicato de obligacionistas y la designación por la
sociedad de una empresa bancaria,financiera o
sociedad agente de bolsa que, con el nombre
de representante de los obligacionistas, concurra
al otorgamiento del contrato de emisión en
nombre de los futuros obligacionistas.
Articulo 307º.-Garantías de la emisión
Las garantías especificas pueden ser:
1. Derechos reales de garantía; o
2. Fianza solidaria emitida por entidades del
sistema financiero nacional, compañías de
segurosnacionales o extranjeras, o bancos
extranjeros.
Independientemente de las garantías
mencionadas, los obligacionistas pueden hacer
efectivos sus créditos sobre los demás bienes y
derechos de la sociedademisora o del
patrimonio de los socios, si la forma societaria
Articulo 308º.- Escritura publica e inscripcion
La emisión de obligaciones se hará constar en escritura
publica, con intervención...
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