Impuestos Municipales en Panamá
Acuerdo N° 162 de 07 de diciembre de 2010
“POR EL CUAL SE REORGANIZA Y ACTUALIZA EL
SISTEMA TRIBUTARIO DEL MUNICIPIO DE
PANAMÁ”
El 7 de diciembre de 2010 saliópublicado en Gaceta Oficial No.26684-B, el AcuerdoMunicipal No.162 que modifica el Acuerdo Municipal, del mismo número, 162 de 19 dediciembre de 2006.
En la comunicación pública se ha manejadomucho el cambio generado sobre el impuesto municipal anual (impuesto de circulación vehicular) que deben pagar los vehículos automotores a partir del 1 de marzo de 2011 luego de la prórroga concedida porel Municipio. No obstante, este Acuerdo 162 de 2010, modifica muchas de las disposiciones contenidas en el Acuerdo de 1996, considerando de mayor relevancia, la relacionada con la tributación de losimpuestos municipales con base a las ventas brutas.
Tradicionalmente, el impuesto municipal a pagar consistía en una suma mensual fija, que se encontraba indicada en una tabla progresiva, en dondeel monto a pagar iba relacionado con las ventas brutas anuales generadas. Con la modificación introducida por el Acuerdo No.162 de 2010, muchos establecimientos pagarán sumas en concepto de impuestocon un aumento sustancial.
La modificación introducida por el Acuerdo del 2010 cambia de forma radical la forma de tributar. Ahora, el impuesto mensual a pagar es el resultado de un porcentajeaplicado sobre las ventas brutas de la empresa. Se elimina la tabla progresiva basada en el monto de la ventas brutas y se elimina el tope en el impuesto, por lo que, su impuesto será tan alto como lo seantus ventas. Entre los sectores con los porcentajes más altos a pagar, con base a sus ventas brutas, se encuentran: los establecimientos de ventas de licores al por menor, clasificados en la Tabla 9,con un 2.50% sobre las ventas brutas, los hoteles y moteles (Tabla 39) con un 2.00%, las lavanderías y tintorerías (Clase 53) con un 1.50%, las casas de hospedaje permanente (Tabla 38) con un 1.80%,...
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