higiene
JURISPRUDENCIA
Identificación
N° Dictamen: 28119
Destinatario: UNA ISAPRE
Fuentes: Ley N° 16.744
Fecha: 30/04/2007
Concordancia
Oficio:
Circular:Estudio de Vigencia
Vigenci:
Acción:
Observación:
Tema: LEY N°16.744
Criterio:
Descriptores:
Dictamenes Relacionados:
1.- La Sra. Jefe Contraloría Subsidios de esaISAPRE, se ha dirigido a esta Superintendencia solicitando determinar la naturaleza común o profesional del diagnóstico "esguince de tobillo izquierdo", indicado en licencias médicas Nros. XXXX y XXXX acontar del 04 de abril de 2005, por el accidente que sufrió la trabajadora, cuando regresaba a su casa.
Expone que el evento traumático ocurrió el día 01 de abril de 2005, aproximadamente a las 17.30hrs. cuando la trabajadora que se desempeña como docente en la Municipalidad XX, Departamento de Educación, regresaba desde su trabajo a su casa, al bajarse del vehículo particular y pisar undesnivel torciéndose el tobillo izquierdo, fuera de los limites de su casa, por consiguiente se trata de un accidente de trayecto.
Agrega que, la Mutualidad luego de brindar las atenciones, rechaza yderiva a la afectada a su sistema previsional común, con un documento que refiere que el accidente fue al ingresar a su domicilio.
2.- Requerida al efecto la Mutualidad, informó que esa ISAPRE, sinmayores antecedentes, sostiene que el infortunio tuvo lugar fuera de los límites de la casa de la trabajadora, por lo que, en su concepto se trataría de un accidente de trayecto.
Expresa que sonaccidentes de trayecto los que ocurran en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo. Ahora bien, el recorrido directo a
que se refiere el artículo 5 de la ley N°16.744, se inicia al momento en que la víctima ingresa a la vía pública y transpone la entrada del lugar de trabajo o de su habitación,
según sea del caso.
Agrega que, en la especie, según consta de...
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