Garciabelsunce
Páginas: 17 (4215 palabras)
Publicado: 25 de junio de 2015
LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS
Y LA CONSTITUCIÓN NACIONAL
Comunicación efectuada
por el Académico Titular Dr. Horacio A. García Belsunce, en la Academia Nacional de Ciencias de Buenos Aires, en la sesión plenaria del 24 de abril de 2006
1.- La cuestión antes de la reforma constitucional de 1994
El art. 31 del texto constitucional de 1853/60 –quepermanece sin modificación expresa hasta el presente– establece: “Esta Constitu- ción, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extranjeras, son la ley su- prema de la Nación, y las autoridades de cada provincia están obli- gadas a conformarse a ella,...”.
Este precepto junto con otros que citaremos más adelante, cons- tituye elnúcleo central que consagra la supremacía de la Constitu- ción Nacional.
Cierta doctrina constitucional ha puesto en tela de juicio si la enumeración del art. 31 citado implica estrictamente la fijación de un orden de prioridad normativo en el derecho constitucional argentino, o si de él resulta solamente la supremacía de la Constitución como consecuencia de una interpretación sistemática dedicho artículo con la norma del art. 28, que dispone la limitación de la relatividad de los derechos constitucionales que, según el art. 14, no son absolutos pues su ejercicio puede ser reglamentado por las leyes que al efecto se dicten, pero el citado art. 28 dice enfáticamente que “los principios, garantías y derechos reconocidos en los anteriores artículos, no po- drán ser alterados porlas leyes que reglamenten su ejercicio”, de lo que surge claramente la subordinación de las leyes a la Constitución y también con el art. 27 que al disponer que los tratados con las po- tencias extranjeras deben estar en conformidad con los principios de derecho público establecidos en la Constitución, implica la subordi- nación de aquéllos a ésta. Por ello, y haciendo una interpretaciónsistemática de las normas constitucionales citadas, es que el consti- tucionalista y académico, Dr. Gregorio Badeni sostiene en varios de sus trabajos que mencionaremos más adelante que, el único orden jerárquico que no estaba explícitamente expuesto en la Constitución de 1853/60, era el que se presentaba entre los tratados y las leyes.
Hasta 1983 la Corte Suprema de Justicia de la Nación conside-ró que los tratados internacionales estaban en un plano de igualdad con las leyes de la Nación, en tanto y cuanto aquéllos hubieren cum-
plido los recaudos formales señalados por la Constitución; es decir, haber sido concluidos y firmados por el Poder Ejecutivo, conforme lo disponía el art. 86, inc. 14 (actualmente art. 99, inc. 11), y aprobados posteriormente por una ley del Congreso de la Nacióntal como lo exigía el art. 67, inc. 19 (actualmente art. 75, incs. 22 y 24). Conse- cuencia de esta interpretación, era que una ley nacional podía dejar sin efecto, total o parcialmente, las cláusulas de un tratado interna- cional conforme al principio según el cual las leyes posteriores dero- gan a las anteriores.
Tal doctrina judicial fue conmovida por la Convención de Viena sobrederecho de los tratados (aprobada por la ley 19.865 del 3.10.72, y que entró en vigencia el 27.01.80) que en su art. 27 establece cate- góricamente la primacía del derecho internacional sobre el derecho interno, pero tal primacía, no puede entenderse como que el derecho internacional esté por encima de la Constitución, cuyas normas po- dría derogar o modificar. Así lo hemos afirmado en un trabajoante- rior (“Reflexiones jurídicas en torno de la doctrina de la Corte Suprema en el caso Arancibia Clavel”, en La Ley, Suplemento de De- recho Constitucional, del 13 de octubre de 2004, pág. 89). En fallo de la Corte Suprema dictado el 5 de diciembre de 1983 en los autos “Ca- brera c/Comisión Técnica Mixta de Salto Grande” (Fallos 305, 2150), haciendo suya la opinión del Procurador...
Leer documento completo
Regístrate para leer el documento completo.