Fisica
Tipo de Documento: PROCEDIMIENTO Nombre del Documento: ATENCIÓN A RECLAMOS Elaborado por SSC/GCG Revisado por: DCO/GC Aprobado por: GR/GC
Código: PR‐CNEL‐MAN‐DC0‐02 Revisión: 01 Fecha: 2010‐11‐15
Estandarizar y definir la metodología necesaria para la Atención a Reclamos presentados por los clientes, a través de los diferentes canales de comunicación disponibles entre Cliente – Empresa. 2. Alcance Las actividades y tareas contenidas en el presente procedimiento regirán para todas las áreas de Atención al Cliente y Agencias dentro del área de concesión de CNEL Regional Manabí. 3. Definiciones 3.1. GR: Gerencia Regional de CNEL Manabí 3.2. GC: Gerencia Comercial de CNEL Corporativa 3.3.GCG: Gerencia de Control de Gestión de CNEL Corporativa 3.4. DCO: Dirección Comercial de CNEL Manabí 3.5. SPE: Superintendencia de Pérdidas de Energía de CNEL Manabí 3.6. SSC: Superintendencia de Servicio al Cliente de CNEL Manabí 3.7. Código del cliente, cuenta o suministro: Número único con el cual CNEL Regional Manabí identifica el suministro del servicio eléctrico al cliente. 3.8.Atención a reclamo: Acción por la cual CNEL Regional Manabí, luego de conocer el reclamo, comunica al cliente el plazo máximo para su conclusión de acuerdo a lo señalado en la Regulación 012/08; para cierto tipo de reclamos, la conclusión puede ser inmediata. 3.9. Atención al Cliente: Conjunto de actividades interrelacionadas propias del Procedimiento de Atención al Cliente, desarrolladas en todo contacto Cliente – Empresa a través de cualquiera de los canales de comunicación disponibles, con la finalidad de orientar, proveer información clara y precisa, así como receptar, gestionar la solución e informar el estado de sus reclamos, consultas, denuncias u otros relacionados con el servicio comercial, técnico y daño de equipos. 3.10. Conclusión o resolución del reclamo: Acción por lo cual CNEL Regional Manabí da una respuesta a su reclamo, la misma que puede ser favorable o desfavorable. 3.11. Cliente: Cualquier persona natural o jurídica definida según lo establecido en el Reglamento de Suministro del Servicio de Electricidad. 3.12. Cliente especial: Cualquier persona natural o jurídica que tenga asignada una tarifa con demanda pudiendo ser (Comercial, Industrial, Entidad Oficial, Estación Oficial, estación de bombeo, etc)
Tipo de Documento: PROCEDIMIENTO Nombre del Documento: ATENCIÓN A RECLAMOS Elaborado por SSC/GCG Revisado por: DCO/GC Aprobado por: GR/GC
Código: PR‐CNEL‐MAN‐DC0‐02 Revisión: 01 Fecha: 2010‐11‐15
3.13. Código de Reclamo: Número con el cual CNEL Regional Manabí registra el reclamo presentado por el cliente en una base de datos de su sistema informático habilitado para el efecto, que permite realizar el seguimiento del estado en el cual se encuentra el trámite del reclamo. 3.14. Formulario de reclamo: Documento en el cual se registran los datos personales del reclamante y la información correspondiente al reclamo presentado. 3.15. Período de conclusión del reclamo: Tiempo comprendido entre la presentación de un reclamo y la conclusión del mismo de conformidad a los plazos establecidos en la regulación CONELEC 012/08. 3.16. Informe del distribuidor: Detalle de las acciones efectuadas; conclusiones y recomendaciones emitidas por CNEL Regional Manabí, respecto a un reclamo en particular. 3.17. Período de verificación: Tiempo requerido por CNEL Regional Manabí para efectuar la verificación, el mismo que estará incluido dentro del período de conclusión del reclamo. 3.18. SICO: Por sus siglas – Sistema Comercial‐, es la plataforma del sistema informático en el cual la empresa soporta todas sus transacciones comerciales ...
Regístrate para leer el documento completo.