ESTRUCTURA IMPUESTO A LA RENTA PERUANO
BASE JURISDICCIONAL DEL IR
RENTAS DE PRIMERA CATEGORÍA
Rentas de Primera CategoríaArt. 22 de la Ley del IR.
Art. 23 de la Ley del IR y Art. 13 del Reglamento
RENTAS PASIVAS
Rentas del Capital
Arrendamiento y Subarrendamiento de PREDIOS
Cesión Temporal de Derechos, cosasmuebles o inmuebles distintos a PREDIO
Mejoras
Prédios cedidos gratuitamente o a Precio no determinado
Arrendamiento de PREDIOS
Subarrendamiento de PREDIOS
Renta Bruta
Producto delArrendamiento o Suba. +
Accesorios
Servicios
Tributos
Renta Bruta
Merced Conductiva
Art. 23.- Son rentas de primera categoría:
a) El producto en efectivo o en especiedel arrendamiento o subarrendamiento de predios, incluidos sus accesorios, así como el importe pactado por los servicios suministrados por el locador y el monto de los tributos que tome a su cargo elarrendatario y que legalmente corresponda al locador.
En caso de predios amoblados se considera como renta de esta categoría, el integro de la merced conductiva.
En casos de arrendamiento de prediosamoblados o no, para efectos fiscales, se presume de pleno derecho que la merced conductiva no podrá ser inferior a seis por ciento (6%) del valor del predio, salvo que ello no sea posible poraplicación de leyes especificas sobre arrendamiento, o que se trate de predios arrendados al Sector Público Nacional o arrendados a museos, bibliotecas o zoológicos.
La presunción establecida en el párrafoprecedente, también es de aplicación para las personas jurídicas y empresas a que se hace mención en el inciso e) del Artículo 28 de la presente Ley.
Tratándose de subarrendamiento, la renta brutaestá constituida por la diferencia entre la merced conductiva que se abone al arrendatario y la que éste deba abonar al propietario.
b) (30) Las producidas por la locación o cesión temporal de cosas...
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