Escisi N Y Fusi N
esta en la escisión cuando una sociedad denominada escindente decide extinguirse y
divide la totalidad o parte de sus activos, pasivos y capital social en dos o más partes,
que son aportadas en bloque a otras sociedades de nueva creación denominadas
escindidas; o cuando la escindente, sin extinguirse, aporta en bloque parte de su
activo, pasivo y capital social a otras sociedades de nueva creación.” En el artículo 15
A del CFF31 de la siguiente forma: “se entiende por escisión de sociedades, la
transmisión de la totalidad o parte de los activos, pasivos y capital de una sociedad
residente en el país, a la cual se le denominará escindente, a otra u otras sociedades
residentes en el país que se crean expresamente para ello, denominadas escindidas.
La escisión a que se refiere este artículo podrá realizarse en los siguientes términos:
a)Cuando la escindente transmite una parte de su activo, pasivo y capital a una o
varias escindidas, sin que se extinga; o b)Cuando la sociedad escindente transmite la
totalidad de su activo, pasivo y capital, a dos o más sociedades escindidas,
extinguiéndose la primera.
Fusión:
Por fusión mercantil se debe entenderse la reunión de dos o más patrimonios
sociales, cuyos titulares desaparecen para dar vida a uno nuevo, o cuando sobrevive
un titular este absorbe el patrimonio de todos y cada uno de los demás; en ambos
casos el ente está formado por los mismos socios que constituían los entes anteriores y
aquellos, en su caso, reciben nuevos títulos en sustitución de los que poseían, o se les
reconoce la parte social correspondiente.
Las sociedades que se fusionan pueden ser de capitales o de personas. Pueden
fusionarse sociedades ...
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