Enron
UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS CONTABLES
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA REGISTRO Y DECLARACIÓN DEL PLAME
CPCC. Artemio Gonzales Ramírez
Preparada exclusivamente para los alumnos de Derecho TributarioAplicado II de la especialidad de Ciencias Contables y en particular para los interesados en aprender el registro de Planilla Electrónica
Tingo María – Perú
2012
1
CPCC. ARTEMIO GONZALES RAMIREZ - Manual de Procedimientos para registro y declaración PLAME
INTRODUCCIÓN El presente Manual de Procedimientos para el Registro y Declaración del PDT Planilla Electrónica - PLAME;constituye un aporte a la comunidad contable, en la que explicaremos paso a paso el Registro y Declaración del PDT 0601 (Versión 2.1), permitirá aclarar dudas o algunos inconvenientes durante el proceso de registración.
1. ANTECEDENTES Que el artículo 88º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias dispone que para determinadosdeudores, la Administración Tributaria podrá establecer la obligación de presentar la declaración, entre otros medios, por transferencia electrónicas o por medios magnéticos y en las condiciones que señale para ello. Que de otro lado el Decreto Supremo Nº 018-2007-TR y normas modificatorias, el cual establece las disposiciones relativas al uso de la Planilla Electrónica, señala que esta se encuentraconformada por la información del Registro de Información Laboral (T- REGISTRO) y la Planilla Mensual de Pagos (PLAME) y faculta a la SUNAT a emitir las normas que regulen la forma la forma y condiciones del soporte electrónico de la citada Planilla así como las de su envío. Que la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 015-2010TR modificada por el Decreto Supremo Nº008-2011-TR, estableció que, excepcionalmente, para los períodos comprendidos entre agosto y noviembre de 2011, los empleadores podrían presentar la PLAME utilizando el PDT Planilla Electrónica, Formulario Virtual Nº 0601 aprobado por la SUNAT para presentar la Planilla Electrónica correspondiente a los períodos anteriores a agosto de 2011. Con Resolución de Superintendencia Nº 183-2011/SUNAT, se aprobaronel PDT Planilla Electrónica- PLAME, Formulario Virtual Nº 0601- Versión 2.0 y el PDT Planilla Electrónica, Formulario Virtual Nº 0601- Versión 1.9, señalándose que este último también puede utilizarse por los períodos comprendidos entre agosto y noviembre de 2011. Con Resolución de Superintendencia Nº 211-2011/SUNAT se modifican el PDT Planilla Electrónica- PLAME, Formulario Virtual Nº 0601-Versión 2.0 y el PDT Planilla Electrónica, Formulario Virtual Nº 0601- Versión 1.9. La Resolución Ministerial Nº 252-2011-TR dispone que, excepcionalmente la SUNAT determinará los casos en que se presentará la PLAME utilizando el PDT Planilla Electrónica, Formulario Virtual Nº 0601, aprobado por dicha entidad para la presentación de la Planilla Electrónica hasta el período o períodos que estaestablezca conforme a sus atribuciones establecidas en el artículo 3) del D.S 0182007-TR. Con Resolución de Superintendencia Nº 212-2011/SUNAT, artículo 2º se posterga el uso del PDT Planilla Electrónica, que podrá ser utilizado a partir del período noviembre de 2011 por el sujeto obligado. El artículo 3) del mismo dispositivo legal establece la implementación gradual del PLAME.
2
CPCC. ARTEMIOGONZALES RAMIREZ - Manual de Procedimientos para registro y declaración PLAME
El PDT Planilla Electrónica –PLAME será utilizado gradualmente de acuerdo a lo siguiente: 1. Si en el período por el cual se deba presentar la declaración el sujeto obligado deba informar hasta cien (100) Trabajadores, Pensionistas, Prestadores de Servicios de los numerales ii) y iii) del literal d) del artículo 1º del...
Regístrate para leer el documento completo.