EJECUTIVO A CONTINUACION DEL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO PROCESO NO
JUEZ TERCERO ADMINISTRATIVO
Pasto
Ref.: PROCESO EJECUTIVO A CONTINUACION DE NULIDAD Y RESTABLECIENTO DE DERECHO NO. 2009 - 0271.
Demandante: ALBERTO RODRIGO ROMERO BENAVIDES
Demandado: MUNICIPIO DE SAPUYES
HUGO FERNANDO RODRÍGUEZ MARTINEZ, mayor de edad, vecino de éste municipio, abogado con T.P. No. 149.366 del C.S.J., con cédula de ciudadanía No. 98.396.784 de Pasto, comoapoderado judicial del señor ALBERTO RODRIGO ROMERO BENAVIDES, mayor de edad, vecino de Sapuyes, identificado con cédula de ciudadanía No. 5.371.570 y dentro del mismo expediente de la referencia, se despachen favorablemente las siguientes pretensiones:
1. Librar mandamiento de pago en contra del MUNICIPIO DE SAPUYES, representado por su ALCALDE señor JESUS MORA CAICEDO, quien en mayor de edad yvecino de Sapuyes, o quien hagas sus veces, por la suma de:
CINCUENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y UN PESOS ($ 57.257.141,51 ) por concepto de saldo del retroactivo pensional de acuerdo a lo señalado en la parte resolutiva de la sentencia proferida el 12 de julio del 2013 por el Tribunal Administrativo de Nariño, dentro del proceso de nulidad yrestablecimiento del derecho No. 2009 – 0271 (3596), donde revoco la sentencia proferida por el Juzgado Tercero Administrativo de Pasto y en su lugar reconoció la pensión vitalicia de jubilación a favor del señor ALBERTO RODRIGO ROMERO BENAVIDES, en un monto no inferior al salario mínimo mensual legal y ordeno el pago de las mesadas atrasadas con los incrementos de ley, causadas desde el 27 de noviembre del2005 hasta 8 DE AGOSTO DEL 2013 (FECHA EN QUE QUEDO EJECUTORIADA LA SENTENCIA), debidamente actualizada en los términos del artículo 178 del Código Contencioso Administrativos, dando aplicación a la siguiente fórmula: R = R.H. INDICE FINAL/INDICE INICIAL., más el pago de los intereses moratorios comerciales desde el 20 de junio del 2014 de acuerdo a lo establecido en el artículo 884 del Códigode Comercio hasta que se realiza el pago efectivo, pago que se debe realizar a favor del señor ALBERTO RODRIGO ROMERO BENAVIDES o del suscrito. Todo lo anterior mas costas procesales y agencias en derecho del proceso ejecutivo.
2. Que previa la liquidación del crédito, se ordene su pago, al igual que las costas y agencias en derecho de este proceso.
H E C H O S
1. Mediante sentenciaproferido por el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Pasto de fecha 3 de junio del 2011, dentro del proceso NO. 2009 - 0271 se denegó las pretensiones incoadas por el señor ALBERTO RODRIGO ROMERO BENAVIDES en contra del Municipio de Sapuyes.
2. La sentencia del ad – quo fue debidamente apelada y mediante sentencia proferida el 12 de julio del 2013 por el H. Tribunal Administrativo de Nariño,dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho No. 2009 – 0271, se revoco la sentencia proferida por el Juzgado Tercero Administrativo de Pasto y en su lugar reconoció la pensión vitalicia de jubilación a favor del señor ALBERTO RODRIGO ROMERO BENAVIDES, en un monto no inferior al salario mínimo mensual legal y ordeno el pago de las mesadas atrasadas con los incrementos de ley,causadas desde el 27 de noviembre del 2005 hasta que sea incluido en nómina de empleados.
Ordenando la actualización de las sumas que se reconozcan a favor del demandante, en los términos del artículo 178 del Código Contencioso Administrativo, dando aplicación a la siguiente fórmula dando aplicación a la siguiente fórmula: R = R.H. INDICE FINAL/INDICE INICIAL.,
En la que el valor presente (R) sedetermina multiplicando el valor histórico (R.H), que corresponde a la mesada pensional decretada, por el guarismo que resulte de dividir el índice final de precios al consumidor certificado por el DANE, vigente a la fecha de ejecutoria de la providencia, por el índice vigente en la fecha en que se debió pagar. Por tratarse de pagos de tracto sucesivo la fórmula se aplicará separadamente, mes...
Regístrate para leer el documento completo.