Documentos
PRIMERA: LA EMPRESA por la presente concede a EL DISTRIBUIDOR, quién a su vez acepta; la distribución exclusiva de los Productos de la línea de Polímeros, registrados con la marca X INTERNATIONAL que se incluyen en el Anexo 1, el cual forma parte integrante del presente Contrato, dentro del territorio de la RepúblicaBolivariana de Venezuela. Los Productos indicados o designados se denominarán en lo adelante “los Productos”.
SEGUNDA: EL DISTRIBUIDOR no podrá vender o comercializar los Productos suministrados fuera del territorio determinado; ni podrá representar, fabricar, promocionar o vender Productos que hagan competencia a los mismos; a su vez LA EMPRESA, no venderá, ni comercializará en el territoriodeterminado, directa o indirectamente, los Productos objeto del presente Contrato.
TERCERA: Si por cualquier motivo debidamente justificado LA EMPRESA dejase de fabricar o no tuviese disponible cualquiera de los Productos, no incurrirá en responsabilidad, siempre y cuando notifique a EL DISTRIBUIDOR dicho particular, por escrito, en un plazo mínimo de 20 días de antelación.
CUARTA: ELDISTRIBUIDOR venderá en su propio nombre y por su cuenta en el territorio determinado los Productos; esforzándose por aumentar el volumen de ventas y por defender los intereses de LA EMPRESA.
En ningún caso este convenio constituye a EL DISTRIBUIDOR como agente comercial o representante legal de LA EMPRESA para ningún propósito, en tal sentido EL DISTRIBUIDOR no está autorizado para crear o asumirobligación o responsabilidad alguna, ya sea expresamente o implícitamente, en representación o a nombre de LA EMPRESA.
QUINTA: EL DISTRUIDOR cursará sus pedidos mediante Órdenes de Compra a LA EMPRESA quién a su vez deberá suministrar los Productos solicitados, siempre y cuando estén disponibles. El rechazo reiterado de los pedidos realizados por EL DISTRIBUIDOR, contrarios a la buena fe, supondrá elincumplimiento contractual por parte de LA EMPRESA.
SEXTA: LA EMPRESA se reserva el derecho de modificar los precios de los Productos a su sólo y exclusivo criterio, notificando a EL DISTRIBUIDOR tal circunstancia con una anticipación mínima de 20 días.
SÉPTIMA: EL DISTRIBUIDOR se compromete a pagar los montos solicitados por compras iguales o mayores a Tres Mil Dólares (US$ 3.000,00)...
Regístrate para leer el documento completo.