derecho romano, derecho civil colombiano
PERSONA SEGÚN C.C COLOMBIANO: todo ente susceptible susceptible de adquirir derechos y contraerobligaciones. Definida en el código civil en el articulo 73 donde son clasificadas en jurídicas y naturales y en el articulo 74 donde se define a la persona como todos los individuos de la especie humana,cualquiera que sea su edad estirpe o condición.
La legislación en roma exigía en lo relativo al nacimiento unos requisitos:
1).que estuviera efectivamente separado del claustro materno.
2).que elnacimiento se hubiera producido con vida: que haya respirado o que gritara; Justiniano prefería la primera
3). Se requiere que tenga forma humana.
Según el artículo 90 del C.C.: La existencia legal detoda persona principia al nacer, esto es, al separarse completamente de su madre.
La criatura que muere en el vientre materno, o que perece antes de estar completamente separada de su madre, o que nohaya sobrevivido a la separación un momento siquiera, se reputará no haber existido jamás
Para ser persona en roma había que gozar de 3 estatus:
1). Libertatis (haber nacido libre)
2). Civitatis (serciudadano romano)
3).familiae (la posición que tenía un individuo hacia su familia)
El único requerimiento para ser considerado persona en Colombia es haber nacido vivo o en su defecto cumplircon lo establecido en el artículo 90 del C.C
al concebido no nacido (conceptus ónasciturus) le es reconocida una capacidad jurídica potencial, que será efectiva cuando nazca realmente, y a este fin, elDerecho romano permite nombrar un administrador especial llamado curator ventris, que se encarga de gestionar los bienes que el concebido heredará cuando nazca vivo: un caso claro es el hijo...
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