Derecho minero
:Ley 18248 :14-10-1983 :26-09-1983 :MINISTERIO DE MINERIA :CODIGO DE MINERIA :Ultima Version De : 30-03-2001 :30-03-2001 :29668 :30-MAR-2001 LEY 19719 :http://www.leychile.cl/N?i=29668&f=2001-03-30&p=
La Junta de Gobierno de laRepública de Chile ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de Ley: CODIGO DE MINERIA
TITULO I DEL DOMINIO DEL ESTADO Y DE LOS DERECHOS MINEROS Párrafo 1° Normas generales Artículo 1°.- El Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas, comprendiéndose en éstas las covaderas, las arenas metalíferas, los salares, los depósitos de carbón ehidrocarburos y las demás sustancias fósiles, con excepción de las arcillas superficiales, no obstante la propiedad de las personas naturales o jurídicas sobre los terrenos en cuyas entrañas estuvieren situadas. Pero toda persona tiene la facultad de catar y cavar para buscar sustancias minerales, con arreglo al párrafo 2° de este título, y también el derecho de constituir concesión minera de exploracióno de explotación sobre las sustancias que la ley orgánica constitucional declara concesibles, con la sola excepción de las personas señaladas en el artículo 22. Artículo 2°.- La concesión minera es un derecho real e inmueble; distinto e independiente del dominio del predio superficial, aunque tengan un mismo dueño; oponible al Estado y a cualquier persona; transferible y transmisible; susceptiblede hipoteca y otros derechos reales y, en general, de todo acto o contrato; y que se rige por las mismas leyes civiles que los demás inmuebles, salvo en lo que contraríen disposiciones de la ley orgánica constitucional o del presente Código. La concesión minera puede ser de exploración o de explotación; esta última se denomina también pertenencia. Cada vez que este Código se refiere a la o lasconcesiones, se entiende que comprende ambas especies de concesiones mineras. Artículo 3°.- Se reputan inmuebles accesorios de la
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concesión las construcciones, instalaciones y demás objetos destinados permanentemente por su dueño a la investigación, arranque y extracción de sustancias minerales. Artículo 4°.- Si el Estado estima necesarioejercer las facultades de explorar con exclusividad o de explotar sustancias concesibles, deberá actuar por medio de empresas de las que sea dueño o en las cuales tenga participación, que constituyan o adquieran la respectiva concesión minera y que se encuentren autorizadas para tal efecto de acuerdo con las normas constitucionales. Artículo 5°.- Son concesibles, o denunciables, las sustanciasminerales metálicas y no metálicas y, en general, toda sustancia fósil, en cualquier forma en que naturalmente se presente, incluyéndose las existentes en el subsuelo de las aguas marítimas sometidas a la jurisdicción nacional a las que se tenga acceso por túneles desde tierra. Artículo 6°.- Los desmontes son cosas accesorias de la pertenencia de que proceden, y los relaves y escorias lo son delestablecimiento de beneficio de que provienen. Extinguida la pertenencia, o abandonado el establecimiento, podrá constituirse concesión sobre las sustancias minerales concesibles de los desmontes, relaves, o escorias contengan, conjuntamente con las demás sustancias minerales denunciables que pudiere existir dentro de los límites de la concesión solicitada. Con todo, no se podrá hacer uso de estederecho sino cuando los desmontes, relaves o escorias se encuentren en terrenos abiertos y francos. Cuando los desmontes o los relaves o escorias pasen a estar en la situación prevista en el inciso segundo, y se encuentren dentro de los límites de una pertenencia, accederán a ésta. Artículo 7°.- No son susceptibles de concesión minera los hidrocarburos líquidos o gaseosos, el litio, los yacimientos...
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