Derecho Internacional Del Mar
La zona económica exclusiva, que se extiende hasta una distancia de doscientas millas marinas medidas a partir de la línea de base desde la cual se mide la anchura del mar territorial; (CONSTITUCION)
La zona económica exclusiva es una importante institución nacida en la III Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar a impulsos de las reivindicaciones deEstados ribereños tercermundistas en materia de pesca. Para poder entender el sentido de estas reivindicaciones, como la esencia de la institución parece oportuno analizar someramente la evolución del régimen internacional de la pesca marítima hasta la consagración de aquella institución en la Conferencia.
En el Derecho Internacional Clásico la regulación de la pesca se articulaba sobre la basede la distinción de dos espacios marítimos:
- El mar territorial, en el cual la soberanía del Estado ribereño le permitía reservar a sus nacionales el ejercicio de la pesca y prohibir las capturas de especies vivas a embarcaciones con pabellón en otro país
- El alta mar, donde regia el principio de la libertad de pesca.
Hay que tener en cuenta que el mar territorial tenia a la sazón unaextensión muy reducida, lo que suponía los nacionales de otros Estados pudiesen fanear en aguas de alta mar próximas al mar territorial e incluso a las costas. Este régimen descansaba en un presupuesto científico y otro económico; científicamente, se presumía que las especies vivas del mar eran inagotables. Y desde el punto de vista económico la pesca se practicaba en aquel entonces, con medios limitados(artesanales), que no permitían grandes cantidades de capturas; esta circunstancia contribuía al sostenimiento del presupuesto científico.
La Convención regula la zona económica exclusiva en su parte V (Arts.55 a 87), determinando que su anchura máxima es de doscientas millas marinas contadas desde la línea de base a partir de las cuales se mide la extensión del mar territorial (Art. 57). Estaanchura no es arbitraria sino que se ha fijado en atención al hecho de que coincide con el termino medio de la extensión de la plataforma continental, constituyendo precisamente las aguas que se levanten por encime de ella el hábitat mas adecuado para las especies pesqueras de mayor importancia.
En la zona económica exclusiva el Estado ribereño tiene:
derechos de soberanía para los fines deexploración y explotación, conservación y ordenación de los recursos naturales, tanto vivos como no vivos, del lecho y el subsuelo del mar y de las aguas subyacentes, y con respecto a otras actividades con miras a la exploración y explotación económica de la zona, tal como la producción de energía derivada del agua, de las corrientes y de los vientos jurisdicción, con arreglo a las disposicionespertinentes de la Convención, con respecto al establecimiento y utilización de islas artificiales, instalaciones y estructuras; a investigación científica marina; a la protección y preservación del medio marino. otros derechos y deberes previstos en la Convención (Art.56).
Bien entendido que estos poderes del Estados ribereño no afectan a las libertades de navegación y sobresuelo y de tendido de cablesy tuberías submarinas ni otros usos del mar internacionalmente legítimos relacionados con dichas libertades a que tienen derecho todos los Estados de conformidad con la Convención (Art. 58, párrafo 1).
En la III Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar muchas delegaciones pidieron que se reconociesen mediante la oportuna reglamentación los derechos de los nacionales de otrosEstados a pescar en la zona.
El sistema general de acceso de otros Estados a la pesca en la zona económica exclusiva se articula en la Convención de la siguiente manera: el Estado ribereño determinara la captura máxima permisible de los recursos vivos en su zona económica exclusiva (Art. 61.1). Dicho Estado determinara asimismo su propia capacidad de captura (Art. 62). Y cuando no tenga...
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