Derecho administrativo
El contrato Administrativo se puede definir como el acuerdo de voluntades entre la Administración Pública y un particular con el que se crean derechos y obligacionespara satisfacción del interés público, y que se encuentran sujeto a un régimen de derecho público.
La actividad contractual de la administración se realiza de diversas formas, por el tipo decontrato, son los que pueden celebrarse entre dependencias y entidades de la propia administración, y entre un órgano de la administración, esto es cuando ambos sujetos se encuentran en igualdad decondiciones y ligados a las disposiciones de Derecho Público que regula su actuación.
Para diferenciar los contratos administrativos con los contratos civiles elaboraron las teorías del criteriosubjetivo, criterio de jurisdicción, el criterio forma, criterio de las clausulas exorbitantes; el criterio legista, criterio de los servicios públicos, criterio de la finalidad de utilidad pública y elcriterio de la finalidad de interés público. Las bases legales para la celebración del contrato las regula el artículo 134 Constitucional.
Los contratos administrativos están integrados porelementos como son el sujeto (el órgano administrativo y el particular), el consentimiento (a través de este se da el acuerdo de voluntades de las partes), objeto (es la prestación buscada por laspartes, y que se traduce en un dar, hacer o no hacer), el motivo (es el porqué de la contratación), la forma (por la forma en sentido estricto y las formalidades) y la finalidad (el propósito para lacelebración del tal acto).
La celebración de estos contratos están precedidos de un procedimiento especifico, en el que dependiendo del régimen jurídico podrá contratar a la persona librementesiendo este el sistema de libre elección, consiste en la facultad que tienen los órganos administrativos para elegir a la persona con la cual van a contratarse; o bien carecerá de libre elección siendo...
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