Dependiente Farmacia
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Régimen Legal de Bogotá D.C. © Propiedad de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. Resolución 1478 de 2006 Ministerio de la Protección Social Fecha de Expedición: Fecha de Entrada en Vigencia: Medio de Publicación:
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10/05/2006 07/06/2006 Diario Oficial 46292 de junio 06 de 2006
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RESOLUCION 1478 DE 2006 (Mayo 10) Modificada por la Resolución del Min. Protección 2564 de 2008 Por la cual se expiden normas para el control, seguimiento y vigilancia de la importación, exportación, procesamiento, síntesis, fabricación, distribución, dispensación, compra, venta, destrucción y uso de sustancias sometidas a fiscalización, medicamentos ocualquier otro producto que las contengan y sobre aquellas que son monopolio del Estado. EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por Ley 36 de 1939, Ley 9 de 1979, Ley 30 de 1986 y Decreto Reglamentario 3788 de 1986, CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el artículo 20 del Decreto 205 de 2003 el Fondo Nacional de Estupefacientes es la UAE-UnidadAdministrativa Especial del Ministerio de la Protección Social que tiene como objeto la vigilancia y control sobre la importación, exportación, distribución y venta de materias primas de control especial o sustancias sometidas a fiscalización, medicamentos que las contengan y las de monopolio del Estado a que se refiere la Ley 30 de 1986 y demás disposiciones que expida el Ministerio de laProtección Social, así como apoyar los programas para prevenir la fármacodependencia que adelante el Gobierno Nacional; Que al ser sustancias y medicamentos que crean dependencia; su uso inadecuado conlleva al manejo ilícito de los mismos, por lo que es necesario fortalecer los sistemas de vigilancia, seguimiento y control; Que los productos que contienen sustancias sometidas a fiscalización requieren deseguimiento, vigilancia y control;
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=20670
25/03/2010
Consulta de la Norma:
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Que es competencia de la UAE, Fondo Nacional de Estupefacientes del Ministerio de la Protección Social dictar las normas que regirán a cada uno de los Fondos Rotatorios de Estupefacientes; Que en aras de optimizar las actividades defiscalización, seguimiento y control, se aplicarán las normas vigentes; Que es necesario derogar la Resolución 4651 de 2005 y la Resolución 952 de 2006 expedidas por el Ministerio de la Protección Social en el sentido de fortalecer los sistemas de vigilancia, seguimiento y control, así como establecer normas en lo referente a la regulación de las materias primas de control especial o sustanciassometidas a fiscalización, medicamentos o cualquier otro producto que las contengan, sean estos para uso humano o veterinario, Ver el Título VI de la Ley 9 de 1979, Ver el Decreto Nacional 2742 de 1991 , Ver la Resolución del Min. Protección 1479 de 2006 RESUELVE: CAPITULO I Disposiciones generales, definiciones y prohibiciones Artículo 1°. Las disposiciones de la presente resolución se aplican a todaslas entidades públicas, privadas y personas naturales que importen, exporten, procesen, manipulen, sinteticen, fabriquen, almacenen o distribuyan, vendan, consuman, dispensen o efectúen compra local de materias primas de control especial o sustancias sometidas a fiscalización, medicamentos o cualquier otro producto que las contengan. Artículo 2°. Para efectos de la presente resolución se adoptanlas siguientes definiciones: Abuso. Es el uso indebido de drogas o medicamentos con fines no médicos. Adicción o drogadicción. Es la dependencia a una droga. Atención farmacéutica. Es la asistencia a un paciente o grupo de pacientes, por parte del profesional químico farmacéutico, en el seguimiento del tratamiento farmacoterapéutico, dirigida a contribuir con el médico tratante y otros...
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