Deducciones Autorizadas
DEDUCCIONES AUTORIZADAS. (Art. 29 LISR)
* Las devoluciones que se reciban o los descuentos o bonificaciones que se hagan en el ejercicio.
* El costo de lo vendido.
* Losgastos netos de descuentos, bonificaciones o devoluciones.
* Las inversiones.
* Los créditos incobrables y las pérdidas por caso fortuito, fuerza mayor
* Las aportaciones efectuadas para lacreación o incremento de reservas para fondos de pensiones o jubilaciones del personal
* Las cuotas pagadas por los patrones al Instituto Mexicano del Seguro Social, incluso cuando éstas sean acargo de los trabajadores.
* Los intereses devengados a cargo en el ejercicio, sin ajuste alguno.
* El ajuste anual por inflación
* Los anticipos y los rendimientos que paguen las sociedadescooperativas de producción, así como los anticipos que entreguen las sociedades y asociaciones civiles a sus miembros
* Es destacable que cualquier deducción deberá ser estrictamente indispensablepara llevar su actividad a cabo. Asimismo, en casos de que la deducción sea mayor a $2,000.00, deberá ser pagado con cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, débito o de servicios, através de monederos electrónicos o por transferencia bancaria. Las deducciones pagadas en efectivo son no serán deducibles.
No serán deducibles, entre otras:
* Los pagos por impuesto sobre larenta a cargo del propio contribuyente o de terceros ni los de contribuciones en la parte subsidiada o que originalmente correspondan a terceros
* Los gastos e inversiones, en la proporción querepresenten los ingresos exentos respecto del total de ingresos del contribuyente.
* Los obsequios, atenciones y otros gastos de naturaleza análoga con excepción de aquéllos que estén directamenterelacionados con la enajenación de productos o la prestación de servicios
* Los gastos de representación.
* Los viáticos o gastos de viaje, en el país o en el extranjero, cuando no se...
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