Contrato De Ley
Ai Ling Rivera Cinco
Articulo 404. Es el convenio celebrado entre uno o
varios sindicatos de trabajadores y varios patrones,
o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto
de establecer las condiciones según las cuales
debe
prestarse el trabajo en un rama determinada de la
industria, y declarado obligatorio en una o varias
entidades federativas, en una o varias zonaseconómicas que abarquen una o mas de dichas
entidades, o en todo el territorio nacional.
Artículo 405. Los contratos-ley pueden
celebrarse para industrias de
jurisdicción Federal o local.
Artículo 406. Pueden solicitar la celebración de
un contrato-ley los sindicatos que representen
las dos terceras partes de los trabajadores
sindicalizados, por lo menos, de una rama de
la
industria en una o variasEntidades
Federativas,
en una o más zonas económicas, que abarque
una o más de dichas Entidades o en todo el
territorio nacional.
Artículo 407. La solicitud se presentará a la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social, si se
refiere a dos o más Entidades Federativas o a
industrias de jurisdicción federal, o al
Gobernador del Estado o Territorio o al Jefe de
Gobierno del Distrito Federal, si setrata de
industrias de jurisdicción local.
Artículo 408. Los solicitantes justificarán que
satisfacen el requisito de la mayoría (dos
Terceras partes) de trabajadores sindicalizados.
Artículo 409. La Secretaría del Trabajo y
Previsión Social, el Gobernador del Estado
o
Territorio o el Jefe del Gobierno del Distrito
Federal, después de verificar el requisito
de
mayoría, si a su juicio es oportunay
benéfica para la industria la celebración
del contrato-ley, convocará a una
convención a los sindicatos de
trabajadores y a los patrones que puedan
resultar
afectados.
Artículo 410. La
convocatoria se publicará
en el Diario Oficial de la
Federación o en el periódico
oficial de la Entidad
Federativa y en los
periódicos o por los medios
que se juzguen adecuados y
señalará el lugar donde
hayade celebrarse la
convención y la fecha y hora
de la reunión inaugural. La
fecha de la reunión será
señalada dentro de un plazo
no menor de treinta días.
La convención será presidida por
el Secretario del Trabajo y Previsión Social, o
por el Gobernador del Estado o Territorio o
por
el Jefe del Gobierno del Distrito Federal, o por
el representante que al efecto designen. La
convención formulará sureglamento e
integrará las comisiones que juzgue
conveniente.
Artículo 412.
I. Los nombres y domicilios de los sindicatos de
trabajadores y de los patrones que concurrieron a
la convención
II. La Entidad o Entidades Federativas, la
zona o zonas que abarque o la expresión de regir en
todo
el territorio nacional
III. Su duración, que no podrá exceder de dos años
IV. Las condiciones de trabajo
V.Las reglas conforme a las cuales se formularán los
planes y programas para la implantación de la
capacitación y el adiestramiento en la rama de la
industria de que se trate;
VI. Las demás estipulaciones que convengan las partes.
Artículo 413. En el
contrato-ley podrán
establecerse las
cláusulas . Su
aplicación corresponderá
al sindicato administrador
del contrato-ley en cada
empresa.
Artículo414. El convenio deberá será
Aprobado por la mayoría de los trabajadores y
por la mayoría de los patrones que tengan a su
servicio la misma mayoría de trabajadores.
Aprobado el convenio en los términos del párrafo
anterior, lo publicarán en el Diario Oficial de la
Federación o en el periódico oficial de la Entidad
Federativa, declarándolo contrato
ley en la rama de la industria considerada.Artículo 415. Si el contrato colectivo ha sido
celebrado por una mayoría de dos terceras
partes de los trabajadores sindicalizados de
determinada rama de la industria, en una o
varias Entidades Federativas, en una o varias
zonas económicas, o en todo el territorio
nacional, podrá ser elevado a la categoría de
contrato-ley.
Requisitos
I. La solicitud deberá presentarse por los sindicatos de...
Regístrate para leer el documento completo.