Contrato Confidencialidad
CONFIDENCIALIDAD Y SECRETO PROFESIONAL.-
C. ANTELMO CARLOS ESPINOSA RUIZ se compromete de manera expresa, tanto durante la vigencia del contrato, como despuésde su extinción, a no difundir, transmitir, revelar a terceras personas cualquier información de PROSECOM IAE SA DE CV., a la que tenga acceso como consecuencia del desempeño de ser proveedor de laempresa, ni a utilizar tal información en interés propio o de sus familiares y/o amigos.
La prohibición establecida en el párrafo anterior se extiende a la reproducción en cualquier soporte de lainformación de PROSECOM IAE SA DE CV., a la que tenga acceso sobre clientes, procedimientos y sistemas de organización, programas informáticos o cualquier otro tipo de información interna, salvo que talinformación sea estrictamente necesaria para el desarrollo del contenido inherente de su labor como proveedor de la empresa y se realice dentro del ámbito de la misma.
Todas las notas, informes ycualesquiera otros documentos (incluyendo los almacenados en dispositivos informáticos), elaborados por el C ANTELMO CARLOS ESPINOSA RUIZ. durante la vigencia del presente contrato y que se refieran a laactividad de la empresa son propiedad de la Empresa y serán diligentemente custodiados en la empresa.
La vulneración de este compromiso será considerada como causa justificada de extinción decualquier contrato, sin derecho a la percepción de indemnización alguna.
En el supuesto de incumplimiento del compromiso asumido y con independencia de la extinción del contrato, PROSECOM IAE SA DE CV sereserva el derecho de reclamar el resarcimiento de los daños y perjuicios que le pudieran causar como consecuencia de la vulneración del deber de confidencialidad y secreto profesional pactado en lapresente cláusula.
UTILIZACION DE MEDIOS INFORMATICOS.-
Los medios informáticos, incluido el correo electrónico, son herramientas de trabajo propiedad de la empresa, tanto en relación con el...
Regístrate para leer el documento completo.