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Tratado:
Para otros usos ver Tratado (desambiguación)Los tratados celebrados por el Estado y en vigor forman parte del derecho nacional.
El tratado es un Género literario perteneciente a la didáctica, que consiste en una exposición integral, objetiva y ordenada de conocimientos sobre una cuestión o tema concreto; para ello adopta una estructura en progresivassubdivisiones denominadas apartados. Adopta la modalidad discursiva del discurso expositivo, se redacta en tercera persona y se dirige a un público especializado que desea profundizar en una materia, por lo que ha de estar elaborado con una lengua clara y accesible, fecunda en precisiones de todo tipo, definiciones, datos y fechas, que se aportan con frecuencia, para descargar el texto principal, a pie depágina, en el llamado aparato crítico.
Clases de tratados
Las clasificaciones presentes en la doctrina son tantas como investigadores y especialistas en el tema, las referidas a continuación, son las que resultan más sugerentes a partir de las características de los tratados que se están analizando.
Según la materia objeto de los tratados pueden ser económicos, culturales, humanitarios,políticos y hasta consulares.
Atendiendo a la función de creación de obligaciones se clasifican en: tratados- contratos porque establecen un intercambio de prestaciones, y los tratados- ley que pretenden crear una norma de carácter general aplicable a toda la comunidad internacional o a una parte de ella.
En dependencia del número de partes contratantes tenemos tratados bilaterales, es decir,entre dos Estados, y plurilaterales o multilaterales, donde participa más de un sujeto. Estos últimos pueden ser restringidos, abiertos a un número determinado de sujetos, y generales, con tendencia a la universalidad.
Sobre la base del grado de apertura a la intervención de otros estados estamos en presencia de: tratados abiertos que son aquellos a los que se puede llegar a formar parte sin haberintervenido en el proceso de formación; cerrados, los que quedan restringidos a los participantes originarios y donde la participación de un nuevo Estado supone la creación de un nuevo acuerdo entre los participantes originarios y el nuevo Estado; y semicerrados donde otros Estados pueden llegar a ser parte con independencia de los firmantes, debido a su inclusión en una lista anexa al acuerdo, queprevé a su vez un procedimiento particular de adhesión, así como, el envío de una invitación de los Estados firmantes para que otros Estados se adhieran al tratado.
De acuerdo con su duración contamos con tratados de una duración determinada que quedan extintos una vez culminado el plazo; de duración indeterminada, salvo denuncia; e improrrogables, bien expresa o tácitamente y es muy frecuente lacláusula de prórroga tácita por periodos determinados, salvo denuncia expresa dentro de un periodo establecido.
Por la forma de conclusión los tratados son solemnes, pues se perfeccionan mediante un acto de ratificación autorizada por el parlamento, la intervención en su proceso formativo del Jefe de Estado como órgano supremo de las relaciones internacionales y el intercambio o depósito de losinstrumentos de ratificación; y concluidos en forma simplificada que se perfeccionan mediante la autenticación del texto del acuerdo o por un acto posterior a la autenticación y distinto a la ratificación -se da en los supuestos en los que el consentimiento se manifiesta verbalmente o a través de un acto o conducta constitutivo de una oferta o aceptación de una oferta, según el Estado sea oferenteo aceptante-.
Conforme la clasificación anterior, el Arreglo y Protocolo de Madrid son tratados- ley, de carácter económico, multilaterales con tendencia a la universalidad, de manera que están abiertos a todos aquellos sujetos interesados en la adhesión, solemnes por el proceso de adopción e indeterminados en lo que se refiere a su duración.
1.4. Procedimiento de celebración
Atendiendo al...
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