Contabilidad
B. INTRODUCCIÓN A través de la presente norma se establece la obligatoriedad de instrumentar la reducción opcional de anticipos mediante lapágina web de la AFIP, sistema “Cuentas Tributarias”.
C. INSTRUMENTACIÓN
C.1. PERSONAS FÍSICAS Y SUCESIONES INDIVISAS A efectos de materializar las opción de reducción de anticipos, las personasfísicas y sucesiones indivisas deberán realizar la tramitación íntegramente por internet, conforme al siguiente detalle:
• Deberán ingresar al sistema ‘Cuentas Tributarias’ y seleccionar la transaccióninformática ‘Reducción de Anticipos’.
• Allí deberán consignar:
o Impuesto y el período fiscal
o Importe de la base de cálculo proyectada.
Como resultado, el sistema emitiráun acuse de recibo del ejercicio de la opción.
C.2. PERSONAS JURÍDICAS Las personas jurídicas deberán, además de cumplir con los pasos indicados para personas físicas:
• Presentar una nota concarácter de declaración jurada, firmada por persona autorizada y certificada por Contador Público, detallando:
o Importes y conceptos que integran la base de cálculo proyectada
oDeterminación de los anticipos a ingresar
o Exposición de las razones que originan la disminución. La nota aludida deberá presentarse en:
• La Dirección de Grandes ContribuyentesNacionales, cuando se trate de sujetos que revistan dicha condición.
• En la dependencia de la AFIP que corresponda al domicilio del contribuyente, en el resto de los casos.
Asimismo, se dispone que lospapeles de trabajo utilizados en la estimación deberán ser conservados en archivo a disposición del Fisco.
C.3. ASPECTOS COMUNES A TODOS LOS SUJETOS
• Tanto las obligaciones indicadas en lospuntos C.1 y C.2, como el ingreso del anticipo respectivo deberán cumplirse hasta la fecha de vencimiento fijada para el ingreso del anticipo en el cual se ejerce la opción.
• La opción...
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