Como actuar en caso de problemas con el equipaje..
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Si hay problemas con el equipaje
Acuda inmediatamente al mostrador de la compañía y explique la incidencia en un PIR (parte de irregularidad de equipaje). Además, debe presentar una reclamación, adjuntando su copia del PIR. El plazo para reclamar varía según el tipode problema:
- Daños del equipaje (si su equipaje llega roto, incompleto, etc.) debe reclamarlo en 7 días.
- Retraso del equipaje (si no le entregan su equipaje al llegar), en ese caso puede reclamar en el palzo de 21 días a contar desde la entrega.
- Pérdida de equipaje (ese entiende que el equipaje se ha perdido si pasan 21 días sin noticias o le confirman la pérdida antes). También tiene parareclamar 21 días desde que se constata la pérdida.
- La cuantía que puede reclamar depende de si ha hecho una declaración de valor de equipaje (puede pedir hasta ese límite) o no. En ese caso, puede pedir hasta 1.200 euros de indemnización por los daos que pueda probar. Necesitará facturas, tiques de comprar, etc. Todo lo que le pueda servir como prueba de los gastos en que se ha visto obligadoa incurrir por los problemas con el equipaje.
El vuelo se retrasa
Si su vuelo se retrasa, tiene derecho a asistencia y, llegado el caso, a una indemnización.
Asistencia
La clave está en la duración del retraso y el tipo de vuelo que se trate:
- En un retraso de 2 horas o más en vuelos de hasta 1.500 km le deben procurar comida y refrescos suficientes. Alojamiento y traslados entreaeropuerto y hotel y dos comunicaciones (llamadas, télex, faxes o correos electrónicos).
En un retraso de 3 horas o más en vuelos de 1.501 a 3.000 km o intracomunitarios de más de 1.501 km le deben procurar comida y refrescos suficientes. Alojamiento y traslados entre aeropuerto y hotel y dos comunicaciones (llamadas, télex, faxes o correos electrónicos).
En un retraso de 4 horas o más en vuelos dehasta 1.500 km le deben procurar comida y refrescos suficientes. Alojamiento y traslados entre aeropuerto y hotel y dos comunicaciones (llamadas, télex, faxes o correos electrónicos).
Indemnización
En este caso la clave para decidir es si el retraso es debido o no a causas extraordinarias.
- Cuando un vuelo se retrasa o cancela por causas extraordinarias, la compañía no tiene que indemnizar alpasajero. De ahí que a veces se intente presentar como “extraordinario” algo corriente (por ejempo, una avería detectada durante una revisión del avión). Las huelgas del personal de vuelo o de los pilotos tampoco puede considerarse extraordinaria: a menudo su gestación es del dominio público y la compañía no puede hacerse la sorprendida ante el viajero, ni dejar de tomar medidas para paliar lasprevisibles molestias al pasaje.
- Si el retraso se debe a causas ordinarias, puede pedir una indemnización de hasta 5.000 euros por los años y perjuicios que pueda demostrar. Si además el retraso es de más de 5 horas, deben darle el rpecio íntegro del billete correspondiente al tramo del viaje no realizado, y el del realizado si el viaje prosiguiera y ya no tuviera sentido terminarlo: en ese casodeben procurarle un vuelo de vuelta.
Si el vuelo se cancela
Los vuelos cancelados en el último momento pueden dar al traste con el viaje mejor planeado.
Si le ofrecen una alternativa para volar y llegar con menos de dos horas de retraso, o si la cancelación se debe a causas extraordinarias (meteorológicas, por ejemplo), deben darle asistencia: comida y refrescos suficientes, alojamiento ytraslados entre aeropuerto y hotel y dos comunicaciones. Además de darle a elegir entre llevarle a su destino en condiciones comparables lo antes posible, o devolverle el precio del billete (en 7 días).
Si la cancelación no se debe a causas extaroridnarias ni le dan alternativas e deben procurar la asistencia básica (comida y bebida, alojamiento, comunicaciones) más una compensación, variable en...
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