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SEÑORES
PROCURADURÍA DELEGADA ANTE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA DE MEDELLÍN
E. S. D.
Apor el contrario mantenerla en la angustia y zozobra según comenta mi poderdante la loexpresado por mi mandante y, por su parte las CNSC no ha estado vigilante de su función en cuanto al desarrollo de la función pública frente a los hechos aquí narrados y de la actividadadministrativa de la entidad para ocupar las respectivas plazas con servidores de la lista de elegibles. En cuanto al daño, los hechos referidos han traído como consecuencia en la persona de mi poderdanteperjuicios de orden moral derivados del daño a la salud mental y física, y de sus relaciones interpersonales, principalmente a la relación de familia, y perjuicios materiales narrados en ésta solicitud.3. Constitutivos de la relación de causalidad.
Las acciones y omisiones imputables a las entidades citadas, narradas en la presente solicitud, fueron las causas que ocasionaron y han deterioradola salud mental y emocional y el patrimonio a la señora YOLANDA SERRANO CELY en cuanto al derecho adquirido de ocupar una plaza en la función pública como empleada pública al hacer parte de la lista deelegibles y no haber sido nombrada hasta el momento de presentación de este escrito.
Producto de este actuar generado por parte de las entidades citadas, deviene la consecuencia de losperjuicios ocasionados a mi poderdante; tales hechos fueron posibles debido a las graves acciones y OMISIONES, y por ende a la conducta negligente de estas.
PRETENSIONES
1.1. Que se declareadministrativamente responsables a La COMISIÓN NACIONAL DE SERVICIO CIVIL - LA NACIÓN y La E. S. E. METROSALUD MEDELLÍN, por la totalidad de los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia del dañoantijurídico e indigno causado a la señora YOLANDA SERRANO CELY, en el ejercicio de sus funciones como servidora de las citadas.
1.2. Que se declare administrativamente responsables a La COMISIÓN...
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