Circular modelo 347
CIRCULAR INFORMATIVA
Estimado cliente,
Ante la proximidad del plazo (durante marzo de 2012) para presentar la DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES con terceras personasdel año 2011 – MODELO 347 – que superan los 3.005,06 €, os informamos de las novedades más destacadas:
• La información sobre las operaciones que deben relacionarse en ladeclaración anual se suministrará desglosada trimestralmente.
No obstante, la información relativa a las cantidades percibidas en metálico superiores a 6.000 € continuaráproporcionándose de forma anual (sin desglose trimestral).
Los sujetos pasivos inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME) y que también deban presentar el modelo 347correspondiente a 2011 no están obligados a desglosar la información trimestralmente.
• Las operaciones se entenderán producidas en el período en el que se deba realizar laanotación registral de la factura o documento sustitutivo que sirva de justificante. Antes se entendían producidas el día de la expedición de la factura.
Asimismo, les recordamos que losempresarios en Régimen de Estimación Objetiva (MODULOS) tienen que presentar el modelo 347 por las operaciones por las que emiten factura sin retención.
El resto de sujetosobligados (no módulos): el importe total (base + IVA) de compras o ventas superiores a 3.005,06 € (incluidas las operaciones de leasing, créditos y seguros).
También hay que hacerconstar separadamente de otras operaciones que, en su caso, se realicen entre las mismas partes, las cantidades que se perciban en contraprestación por transmisiones de inmuebles,efectuadas o que se deban efectuar, que constituyan entregas sujetas en el IVA.
Quedamos a la espera de la pronta recepción de los datos para poder efectuar su declaración.
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