Circular externa no 034 oct 9 2006 superfinanciera

Páginas: 17 (4239 palabras) Publicado: 29 de marzo de 2011
Circular Externa No. 034
9 de Octubre de 2006
 
 
 
Señores

REPRESENTANTES LEGALES Y REVISORES FISCALES DE LAS ENTIDADES VIGILADAS

 
Referencia: Determinación, contabilización, amortización y valuación del crédito mercantil adquirido y modificación del capítulo XVII de la Circular Externa 100 de 1995 proferida por la entonces Superintendencia Bancaria.  
 
Apreciados señores:
 Este Despacho en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren los literales a y b del numeral 3 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y el numeral 9 del artículo 11 del decreto 4327 de 2005, considera necesario instruir a las entidades vigiladas sobre la determinación, contabilización, amortización y valuación del crédito mercantil adquirido, así comomodificar las instrucciones actualmente vigentes contenidas en el capítulo XVII de la Circular Básica Contable y Financiera (C.E. 100 de 1995) proferida por la entonces Superintendencia Bancaria.
 
Las principales modificaciones que se introducen a las instrucciones contenidas en el capítulo citado son las siguientes:
 
a. Se amplía del plazo de amortización para el crédito mercantiladquirido de diez (10) a veinte (20) años.
 
b. Se modifica el sistema de amortización de lineal a exponencial.
 
c. Se solicita la valuación anual del crédito mercantil adquirido por parte de un experto con el propósito de que las entidades vigiladas reflejen la realidad económica del mismo.
 
d. La idoneidad e independencia del experto serán calificadas previamente por laSuperintendencia Financiera de Colombia.
 
e. Se solicita revelar en las notas a los estados financieros los aspectos relevantes del concepto del experto y demás información que se considere necesaria.
 
f. No se permite el reconocimiento contable del crédito mercantil negativo como tampoco el adquirido entre entidades controlantes y controladas o subordinadas, o entre entidades que tengan un mismocontrolante o controlantes en los términos de los artículos 260 y 261 de Código de Comercio, o entre aquellas entidades que conforman un grupo empresarial de acuerdo con lo previsto en los artículos 28 y siguientes de la Ley 222 de 1995.
 
g. Se requiere la colaboración del revisor fiscal en los términos del numeral 3 del artículo 207 del Código de Comercio.
 
h. Se establece la obligaciónde mantener a disposición de la Superintendencia copia del estudio técnico realizado por el experto y de las evaluaciones anuales. 
 
i. Por último se establece un régimen de transición para las entidades que a la vigencia de la presente circular registren crédito mercantil adquirido.
 
En virtud de lo anterior, mediante la presente circular se adoptan las siguientes instrucciones:
 
1.DETERMINACIÓN, CONTABILIZACIÓN, AMORTIZACIÓN Y VALUACIÓN DEL CRÉDITO MERCANTIL ADQUIRIDO.
 
La determinación, contabilización, amortización y valuación del crédito mercantil adquirido originado en inversiones de capital que de acuerdo con las normas vigentes sean permisibles y conlleven el control en los términos establecidos en los artículos 260 y 261 del Código de Comercio (modificados por losartículos 26 y 27 de la Ley 222 de 1995) deberá llevarse a cabo por parte de las entidades vigiladas atendiendo las siguientes instrucciones:

 

1.1. DEFINICIONES

 
a) Crédito Mercantil Adquirido
 
Es el exceso del costo de adquisición frente al valor del patrimonio contable de la adquirida.
 
b) Crédito Mercantil Negativo
 
Es todo exceso del valor del patrimonio contable de laadquirida sobre el costo de adquisición.

 

c) Valor Razonable o Valor Justo

 
Es el importe por el cual podría ser intercambiado un activo o cancelado un pasivo, entre partes interesadas y debidamente informadas, en una transacción realizada en condiciones de independencia mutua, es decir, el valor razonable de mercado.

 

d) Unidad Generadora de Efectivo o línea de negocio

 
Es...
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