calculo de la antiguedad
El artículo 141 de la Ley orgánica del trabajo 2012 indica la forma de calcular la antigüedad:
Artículo 142. Las prestaciones sociales se protegerán, calcularán y pagaránde la siguiente manera:
a) El patrono o patrona depositará a cada trabajador o trabajadora por concepto de garantía de las prestaciones sociales el equivalente a quince días cada trimestre, calculadocon base al último salario devengado. El derecho a este depósito se adquiere desde el momento de iniciar el trimestre.
b) Adicionalmente y después del primer año de servicio, el patrono o patronadepositara a cada trabajador o trabajadora dos días de salario, por cada año, acumulativos hasta treinta días de salario.
b) Adicionalmente y después del primer año de servicio, el patrono o patronadepositara a cada trabajador o trabajadora dos días de salario, por cada año, acumulativos hasta treinta días de salario.
c) c) Cuando la relación de trabajo termine por cualquier causa se calcularánlas prestaciones sociales con base a treinta días por cada año de servicio o fracción superior a los seis meses calculada al último salario.
d) El trabajador o trabajadora recibirá por concepto deprestaciones sociales el monto que resulte mayor entre el total de la garantía depositada de acuerdo a lo establecido en los literales a y b, y el cálculo efectuado al final de la relación laboral deacuerdo al literal c.
e) Si la relación de trabajo termina antes de los tres primeros meses, el pago que le corresponde al trabajador o trabajadora por concepto de prestaciones sociales será de cincodías de salario por mes trabajado o fracción.
f) El pago de las prestaciones sociales se hará dentro de los cinco días siguientes a la terminación de la relación laboral, y de no cumplirse el pagogenerará intereses de mora a la tasa activa determinada por el Banco Central de Venezuela, tomando como referencia los seis principales bancos del país.
Cuando se retiran las prestaciones por...
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