Bloqueo
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Identificación Norma : LEY-19069
Fecha Publicación : 30.07.1991
Fecha Promulgación :22.07.1991
Organismo : MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
ESTABLECE NORMAS SOBRE ORGANIZACIONES SINDICALES Y
NEGOCIACION COLECTIVA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha
dado suaprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 32.- Los directores sindicales gozarán del
fuero laboral establecido en la legislación vigente,
desde la fecha de su elección y hasta seis mesesdespués
de haber cesado en el cargo, siempre que la cesación en
él no se hubiere producido por censura de la asamblea
sindical, por sanción aplicada por el tribunal
competente en cuya virtud deba hacerabandono del mismo,
o por término de la empresa. Del mismo modo, el fuero no
subsistirá en el caso de disolución del sindicato,
cuando ésta tenga lugar por aplicación de las letras c)
y e) delartículo 71, o de las causales previstas en sus
estatutos y siempre que, en este último caso, dichas
causales importaren culpa o dolo de los directores
sindicales.
Asimismo, durante el lapso a que serefiere el
inciso precedente, el empleador no podrá, salvo caso
fortuito o fuerza mayor, ejercer respecto de los
directores sindicales la facultades que establece el
artículo 12 del Código delTrabajo.
Las normas de los incisos precedentes se aplicarán a
los delegados sindicales.
En las empresas obligadas a constituir Comités
Paritarios de Higiene y Seguridad, gozará de fuero,
hasta eltérmino de su mandato, uno de los
representantes titulares de los trabajadores. El aforado
será designado por los propios representantes de los
trabajadores en el respectivo Comité y sólo podrá serreemplazado por otro de los representantes y, titulares
en subsidio de éstos, por un suplente, por el resto del
mandato, si por cualquier causa cesare en el cargo. La
designación deberá ser...
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