ASPECTOS TRIBUTARIOS
DEFINICION
La renta presuntiva, como de su nombre se puede intuir, es una presunción de ley, o una ficción legal, ya que se trata de una presunta ocurrencia de un hecho que se puede convertir en base gravable aunque no haya existido.
Se especula que la renta presuntiva tiene como objetivo castigar aquellos patrimonios ociosos, aquellos contribuyentes que no hacen nada pararentabilizar sus patrimonios. Recordemos que el estado sobrevive gracias a los ingresos que percibe por concepto de impuestos, y esos impuestos no existirán si los contribuyentes no trabajan, no obtienen ingresos, no incrementan su patrimonio.
Así pues, la renta presuntiva es aquella renta que la ley asume que debe producir un determinado patrimonio. Todo patrimonio, que es un conjunto de bienes yderechos, se supone que debe ser productivo, así que la ley asume que ese patrimonio durante un año gravable debe generar un mínimo de renta, que hoy en día es del 3%. (GERENCIE.COM, GERENCIE.COM, 2013)
CARACTERISTICAS
La renta presuntiva es una base gravable sobre la cual eventualmente hay que pagar el impuesto de renta. ¿Y cuándo se debe pagar impuesto de renta sobre renta presuntiva?
Sepaga impuesto de renta o dicho de otra manera, se tributar sobre renta presuntiva, cuando la renta presuntiva es superior a la renta efectivamente obtenida por el contribuyente. (GERENCIE.COM, GERENCIE.COM, 2013)
NORMATIVIDAD
La norma general de la renta presuntiva está señalada expresamente en el artículo 188 del Estatuto Tributario, donde se dispone de un sistema especial para ladeterminación (depuración) de la base gravable del impuesto sobre la renta y el legislador supone que la renta líquida de los contribuyentes no puede ser inferior al 3% de su patrimonio líquido a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al gravable.
Compilación de procedimiento tributario 2013 - 2014
Teniendo en cuenta que dentro del ordenamiento jurídico tributario, no existe norma especial que exijapara el cálculo de la renta presuntiva, la suma del patrimonio líquido del año inmediatamente anterior al gravable, de las sociedades fusionadas; considero que en el caso de la fusión por absorción, el patrimonio líquido que se debe tener en cuenta para efecto del cálculo, es el de la sociedad absorbente y en el caso de la fusión por creación e impropia, donde nace una nueva persona jurídica, enel primer año o periodo gravable de existencia no es obligatorio liquidar la renta presuntiva por ausencia de patrimonio.
Sin embargo, la administración de impuestos fijo su posición mediante el concepto 008217 del 5 de febrero de 2007:
“(…)
En virtud de lo anterior, y teniendo en cuenta que la base para el cálculo de la renta presuntiva está conformada por el patrimonio líquido que hayaposeído el contribuyente en el último día del ejercicio gravable inmediatamente anterior (artículo 188 del Estatuto Tributario), para determinar la renta presuntiva por parte de la sociedad absorbente o por parte de la nueva sociedad que surja de la fusión una vez formalizada, la base para el cálculo de la renta presuntiva está constituida por la suma de lospatrimonios líquidos que al último día del año gravable inmediatamente anterior poseían tanto la sociedad absorbida como la absorbente. Tratándose de fusión por creación, la base para el cálculo de la renta presuntiva estará igualmente integrada por la suma de los patrimonios líquidos que al último día del año gravable inmediatamente anterior poseían lassociedades participantes en el proceso de fusión.
En mi opinión, la anterior interpretación se aparta de lo señalado en el artículo 338 de la Constitución Política Colombia, donde se dispone que la ley debe fijar directamente el sujeto activo, pasivo, el hecho generador, la base gravable y la tarifa de los impuestos; siendo la renta presuntiva una forma especial de determinación (depuración) de la...
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