Artículos 97 Y 200 Código Tributario
Este artículo se ubica en el titulo que trata de las infracciones y sanciones tributarias, es decir, describe una serie de conductas o hechos que implican una infracción a la normativa vigente y por consiguiente contemplan una sanción para cada uno de estos ilícitos tributarios.
Conducta o hecho ilícito conlleva una -> Sanción
Así,describiremos una serie de conductas y su sanción respectiva:
Articulo 97 N° 1 C. Tributario: Retardos u omisiones en presentar declaraciones o solicitudes de inscripciones ante el S.I.I., que NO sirvan de base para determinar un impuesto, -> Multa de 1 U.T. Mensual a 1 U.T. Anual.
Articulo 97 N° 2 C. Tributario: Retardos u omisiones en presentar declaraciones o solicitudes de inscripcionesante el S.I.I., que sirvan de base para determinar un impuesto, -> Multa de 10% del impuesto que se determine, en caso que el retardo sea superior a 5 meses, se adicionara un 2% del impuesto por cada mes adicional.
Articulo 97 N° 3 C. Tributario: Presentar declaraciones incompletas o erróneas ante el S.I.I.-> Multa de 5% al 20% de la diferencia de impuesto que se genera por la presentaciónerrónea o incompleta.
Articulo 97 N° 4 C. Tributario: Presentación de declaraciones maliciosamente incompletas o falsas que puedan inducir a la liquidación de un impuesto inferior al que corresponda o la omisión maliciosa en los libros de contabilidad, la adulteración de balances o inventarios o la presentación de éstos dolosamente falseados, el uso de boletas, notas de débito, notas de crédito ofacturas ya utilizadas en operaciones anteriores. -> Multa del cincuenta por ciento al trescientos por ciento del valor del tributo eludido y con presidio menor en sus grados medio a máximo.
Articulo 97 N° 5 C. Tributario: La omisión maliciosa de declaraciones exigidas por las leyes tributarias para la determinación o liquidación de un impuesto, en que incurran el contribuyente o surepresentante. -> Multa de cincuenta por ciento al trescientos por ciento del impuesto que se trata de eludir y con presidio menor en sus grados medio a máximo.
Articulo 97 N° 6 C. Tributario: La no exhibición de libros de contabilidad o de libros auxiliares y otros documentos exigidos por el Director o el Director Regional de acuerdo con las disposiciones legales -> Multa de una unidad tributariamensual a una unidad tributaria anual.
Articulo 97 N° 7 C. Tributario: El hecho de no llevar contabilidad o los libros auxiliares exigidos por el Director o el Director Regional de acuerdo con las disposiciones legales, o de mantenerlos atrasados, o de llevarlos en forma distinta a la ordenada o autorizada por la ley, y siempre que no se dé cumplimiento a las obligaciones respectivas dentro delplazo que señale el Servicio, que no podrá ser inferior a diez días. -> Multa de una unidad tributaria mensual a una unidad tributaria anual.
Articulo 97 N° 8 C. Tributario: El comercio ejercido a sabiendas sobre mercaderías, valores o especies de cualquiera naturaleza sin que se hayan cumplido las exigencias legales relativas a la declaración y pago de los impuestos. -> Multa del cincuenta porciento al trescientos por ciento de los impuestos eludidos y con presidio o relegación menores en su grado medio.
Articulo 97 N° 9 C. Tributario: El ejercicio efectivamente clandestino del comercio o de la industria. -> Multa del treinta por ciento de una unidad tributaria anual a cinco unidades tributarias anuales y con presidio o relegación menores en su grado medio y, además, con el comisode los productos e instalaciones de fabricación y envases respectivos.
Articulo 97 N° 10 C. Tributario: El no otorgamiento de guías de despacho, de facturas, notas de débito, notas de crédito o boletas en los casos y en la forma exigidos por las leyes, el uso de boletas no autorizadas o de facturas, notas de débito, notas de crédito o guías de despacho sin el timbre correspondiente, el...
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