arrendamiento
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Puedo llevar a juicio a un arrendatario por deuda de arriendo?
Sí, la ley faculta a un arrendador a entablar un juicio contra el arrendatario de unapropiedad si no le ha pagado el arriendo.
¿Cuántos meses de morosidad debería haber antes de hacer una demanda?
La ley da derecho al arrendador a entablar un juicio después de un período entero de mora,o sea, si el pago del arriendo es mensual, basta con un mes sin pago.
¿Qué antecedentes debo disponer para presentar la respectiva demanda?
El demandante debe primero fijar qué elementos usarápara probar la morosidad del arrendatario. Si usa testigos para probar, éstos no pueden ser más de cuatro, cuyos nombres deben estar incluidos en la demanda.
¿Es siempre necesaria la asistencia deun abogado?
No si el monto del arriendo es inferior a 4 UTM. Para montos superiores se requiere la representación de un abogado.
¿Ante qué juzgado o tribunales se presenta la demanda?Juzgados Civiles.
¿El juicio es oral o escrito?
El juicio es verbal, pero las partes podrán presentar minutas escritas relatando los hechos y haciendo sus peticiones.
¿Cuánto tiempo tarda el juez endictar sentencia definitiva?
Los juicios deben ser rápidos. La primera audiencia debe ser máximo cinco días hábiles después de la notificación de juicio. En esa primera audiencia ambas partesdeben relatar los hechos, presentar pruebas y tratar de lograr un acuerdo. Si el demandado no puede presentar pruebas de inmediato, lo puede hacer en una nueva audiencia que debe hacerse dentro de máximocinco días. Luego de eso, el juez tiene un plazo de diez días para dictar sentencia.
¿Es posible llegar a un acuerdo con el demandado?
Sí, durante el juicio el juez llama a las partes a unavenimiento y si no se logra, el juez pedirá las pruebas para él decidir y dictar una sentencia.
Al momento de establecer la demanda ¿se puede solicitar que el arrendatario moroso abandone la...
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