Analisis de la sentencia c-069/1995
CORPORACIÓN: CORTE CONSTITUCIONAL
SENTENCIA: C- 069 (23) de febrero de 1995
ACCIÓN: Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 66 (parcial) del Decreto 01 de 1984 (Código Contencioso Administrativo.).
MAGISTRADO PONENTE: DR. HERNANDO HERRERA VERGARA
HECHOS RELEVANTES
El ciudadano Maximiliano Echeverri Marulanda solicita ladeclaratoria de inexequibilidad del artículo 66 (parcial) del Decreto O1 de 1.984, por considerar que viola los artículos 189#11, 209, 237 y 238 de la Constitución Política.
Los motivos sobre los cuales el actor sustenta su demanda, son:
1. El acto administrativo y su fuerza ejecutoria.
2. cuando el acto administrativo pierde su fuerza ejecutoria es ineficaz, de manera que esa ineficacia loafecta en su integridad, y que por ello mismo "no es desprovisto de un elemento accidental".
ARGUMENTOS DEL ACCIONANTE:Los motivos sobre los cuales el actor sustenta su demanda, se resumen así:
1. El acto administrativo y su fuerza ejecutoria.
Afirma el demandante que, como resultado de la función administrativa, la Administración produce actos administrativos, que el acto administrativo existeantes de su publicidad, y que una vez publicado goza de presunción de legalidad, y que por ello mismo puede ser inmediatamente ejecutado por la Administración, salvo las excepciones legales, tales como el agotamiento previo de la vía gubernativa. Agrega que la Administración tiene la potestad de revocar o modificar sus propios actos, y que para ello, goza de los mismos poderes que paraproducirlos.
2. En lo que constituye un segundo cargo, el demandante afirma que cuando el acto administrativo pierde su fuerza ejecutoria es ineficaz, de manera que esa ineficacia lo afecta en su integridad, y que por ello mismo "no es desprovisto de un elemento accidental".
En su demanda, el actor se refiere a cada una de las hipótesis contempladas en el artículo 66 del Decreto 01 de 1994, señalándolea cada una un cargo específico,
1). Pérdida de la fuerza ejecutoria de los actos administrativos "por suspensión provisional".
el autor considera que la norma constitucional limita el campo de la ley a los requisitos y motivos de procedencia de la suspensión, y que tal decisión debe atacar los efectos del acto administrativo, cualesquiera que ellos sean
2). Pérdida de la fuerzaejecutoria de los actos administrativos "cuando desaparezcan sus fundamentos de hecho o de derecho". al distinguirse entre acto administrativo y fuerza ejecutoria, como lo hace la norma demandada, se otorga al funcionario la facultad de decidir que el acto administrativo es ilegal, o que ya no hay lugar a ejecutarlo, y que se tornaría en juez de sus propios actos.
3). Pérdida de fuerza ejecutoria de losactos administrativos "cuando al cabo de cinco (5) años de estar en firme, la administración no ha realizado los actos que le correspondan para ejecutarlos"cuando la Administración produce actos administrativos, debe ejecutarlos, porque tal es su función y su finalidad,
4). Pérdida de fuerza ejecutoria de los actos administrativos "cuando se cumpla la condición resolutoria a que se encuentresometido el acto, si el acto administrativo está sometido a condición, es él, no su fuerza ejecutoria, lo que se resuelve por el cumplimiento de la condición.
5). Pérdida de fuerza ejecutoria de los actos administrativos "cuando pierdan su vigencia".
es constitucional si la pérdida de la vigencia proviene de la decisión de la justicia contencioso administrativa, o por "derogación"ARGUMENTOS DE LOS ACCIONADOS: En esta sentencia no hay
ARGUMENTOS DE LOS INTERVINIENTES
Todos abogan por que se desestimen las pretensiones del actor y se declare la exequibilidad de los artículos demandados ya que el decaimiento de un acto administrativo que se produce cuando las disposiciones legales o reglamentarias que le sirven de sustento, desaparecen del escenario jurídico. Cuando se declara la...
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