Análisis del articulo 18. código civil
Artículo 18°
Es mayor de edad quien haya cumplido dieciocho (18) años.El mayor de edad es capaz para todos los actos de la vida civil, con las excepciones establecidas por disposicionesespeciales
La mayoría de edad independiza
Las personas son: "todos los individuos de la especie humana…" según establece el artículo 16 del Código Civil.
Esto quiere decir que, ya se podrámovilizar de región en región o entre países sin la potestad de sus padres o representantes legales. La mayoría de edad es una condición para determinar la plena capacidad de obrar con la persona quealcanzó sus 18 años, salvo que medie algún tipo de incapacidad en su vida, como una enfermedad mental o sordera, entre otras.
La figura está motivada en la necesidad de que la persona haya adquirido unamadurez intelectual y física suficiente como para tener una voluntad válida para obrar algunos actos que antes no podía. También adquieren mayores derechos, privilegios y oportunidades, aunque secrecen en responsabilidades y obligaciones.
En gran parte del mundo, la edad a partir de la cual un individuo se considera plenamente capaz, está habitualmente comprendida entre los 16 y los 21 años.En algunas partes de África, la mayoría de edad se alcanza a los 13 años, mientras en la mayoría de los países occidentales se alcanza a los 18 o 20 años.
No existe límite alguno, son autónomos,independientes y únicos responsables en lo positivo y negativo.
Cuando contraen matrimonio se les califica en un nivel de capacidad civil plena, y se presume que por la edad, ya descrita en el artículo18 del Código Civil, adquieren obligaciones y deberes de paternidad.
En Venezuela ser mayor de edad significa, que elordenamiento legal le otorga a las personas naturales y jurídicas, de igualmanera.
Antes de la mayoría de edad, los hijos deben permanecer bajo potestad de sus padres o tutores, sin ejercer derechos políticos o patrimoniales, es decir, no pueden obrar por sí solos, la...
Regístrate para leer el documento completo.