AMPARO PENAL OCTUBRE 2014
QUEJOSA: CINTHIA ANGÉLICA PALACIOS
CORTES
C. JUEZ DE DISTRITO EN EL ESTADO.
P R E S E N T E.
CINTHIA ANGÉLICA PALACIOS CORTES, por propio derecho, con domicilió particular y para oír y recibir notificaciones en la Calle Victoria #1424, de la Colonia La Laja, del puerto de Acapulco, Guerrero, autorizando en términos ampliosdel artículo 27 de la Ley de la Materia, losLicenciados Evaristo González Barrera, Jorge Luis Sosa Ramírez y Guillermo López Hernández; con respeto comparezco y expongo:
Vengo a solicitar el Amparo y Protección de la Justicia de la Unión, en contra de las autoridades y por el acto que en el apartado correspondiente señalaré.
En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 108 de la Ley deAmparo en vigor, expreso:
I.- NOMBRE Y DOMICILIO DE LA QUEJOSA: Cinthia Angélica Palacios Cortés; Calle Victoria 1424, Colonia La Laja, en esta ciudad de Acapulco, Guerrero.
II.-TERCERO PERJUDICADO.-bajo protesta de decir verdad manifiesto que desconozco el nombre del tercero perjudicado ni quien resulte serlo.
III.- AUTORIDAD RESPONSABLE:
ORDENADORAS:
Los Jueces Primero, Segundo, Tercero,Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo, Octavo, Noveno y Décimo, de Primera Instancia en Materia Penal del Distrito Judicial de Tabares, todos ellos con domicilio bien conocido domicilio en el interior del Centro Regional de Readaptación Social, ubicado en la Calle del Foot bol, sin número, Colonia Las Cruces de esta ciudad de Acapulco, Guerrero.
Los Jueces Primero y Segundo de Paz en Materia Penal delDistrito Judicial de Tabares, todos ellos con domicilio bien conocido domicilio en el interior del Centro Regional de Readaptación Social, ubicado en la Calle del Foot bol, sin número, Colonia Las Cruces de esta ciudad de Acapulco, Guerrero.
El Coordinador Regional de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero, con domicilio conocido en la Calle Cerrada de Caminos sin número, de laColonia Progreso de esta ciudad y puerto de Acapulco, Guerrero.
El Agente Determinador del Ministerio Público del fuero Común, de la Agencia Central del Ministerio Público, con domicilio conocido en la Calle Cerrada de Caminos sin número, de la Colonia Progreso de esta ciudad y puerto de Acapulco, Guerrero.
EJECUTORAS:
a).- El Director de la Policía Ministerial de la Procuraduría General deJusticia del Estado de Guerrero, con domicilio conocidoen la Carretera México-Acapulco, ubicado en el Boulevard Vicente Guerrero sin número, en la ciudad de Chilpancingo, Guerrero.
b).- El Coordinador Regional de la Policía Ministerial, dependiente de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero, con domicilio conocido en la Calle Cerrada de Caminos sin número, de la Colonia Progresode esta ciudad y puerto de Acapulco, Guerrero.
b).- Los Coordinadoresy/o Jefes de Grupo de la Policía Ministerial, dependiente de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero, con domicilio conocido en la Calle Cerrada de Caminos sin número, de la Colonia Progreso de esta ciudad y puerto de Acapulco, Guerrero.
IV.- ACTO RECLAMADO.-La orden de aprehensión, presentación u otraanáloga, que implique la restricción de nuestras libertades personales o nuestra incomunicación de la que pudiéramos ser objeto por parte de los elementos aprehensores, que pudieran derivarse de alguna orden de captura o de presentación.
VI.- PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS.- 14, 16 y 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Bajo protesta de decir verdad, manifestóque los actos reclamados tienen como antecedentes los siguientes:
H E C H O S
1.- El fin de semana próximo pasado, mientras nos encontrábamos en la ciudad de Chilpancingo, Guerrero, y por vía telefónica fuimos informados por familiares y vecinos, que elementos de la Policía Ministerial de la Procuraduría General de Justicia de esta entidad federativa, adscritos a la Delegación Regional en...
Regístrate para leer el documento completo.