Accion mero declativa desicion
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITODE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, catorce (14) de junio de dos mil cuatro (2004).-
195º y 145º
Recibida como ha sido la anterior demanda de ACCION MERO-DECLATIVA,presentada por la abogada en ejercicio SANDRA BATISTA GOMES, por el sistema de distribución de causas, correspondiéndole el conocimiento de la misma a este Tribunal, désele entrada en el libro de causasbajo el Nº 14465 y agréguense a los autos los recaudos consignados. El Tribunal al respecto observa:
Según la Enciclopedia Jurídica Opus, la Acción Mero-declarativa puede concebirse como:
“SonAquellas acciones con cuyo ejercicio se pretende obtener del órgano jurisdiccional la simple constatación o fijación de una situación jurídica; a diferencia de las acciones constitutivas y de condena enlas que, ciertamente se exige una previa declaración, pero solo como antecedente del que se parte para declarar constituida o extinguida una relación, en las constitutivas, y para absolver o condenar,en las de condena; el contenido de la acción declarativa, por tanto, se agota con la afirmación de que existe o no una voluntad de Ley”
Del concepto antes citado, puede inferirse que las accionesmero-declarativas, tienen como finalidad la obtención por parte del órgano jurisdiccional la constatación o fijación de una situación jurídica.
Por su parte el artículo 16 del Código de ProcedimientoCivil, establece que dos serían los objetos de la acción mero-declarativa a saber:
a) La mera declaración de la existencia o inexistencia de un derecho; y
b) La mera declaración de la existencia oinexistencia de una relación jurídica.
En cuanto al primer punto la parte accionante aspira y solicita del órgano jurisdiccional competente, que – previa la constatación de los hechos alegados –...
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