Ley Nac 24449 Extra Bicicletas
Ley Nacional N°24449 (Extrac. Bicicleta)
Ley Nacional N° 24449
Ley Nacional de Tránsito y Seguridad
* Nota: la presente es extracto de la Ley 24449 y de su modificatoria Nº 25965 Se
transcriben los incisos, artículos y párrafos que al entender de la ACU están
relacionados con el uso y circulación de bicicletas.
Buenos Aires, 23 de Diciembre de 1994B.O.10/02/1995
Decreto Reglamentario 646/95
Art. 1- AMBITO DE APLICACIÓN: La presente ley y sus normas reglamentarias regulan
el uso de la vía pública, y son de aplicación a la circulación de personas, animales y
vehículos terrestres en la vía pública, y a las actividades vinculadas con el transporte, los
vehículos, las personas, las concesiones viales, la estructura vial y el medioambiente,
en cuanto fueren con causa del tránsito. Quedan excluidos los ferrocarriles. Será ámbito
de aplicación la jurisdicción federal. Podrán adherir a la presente ley los gobiernos
provinciales y municipales.
Art. 3- GARANTIA DE LIBERTAD DE TRANSITO: Queda prohibida la retención o
demora del conductor, de su vehículo, de la documentación de ambos y/o licencia
habilitante por cualquier motivo,salvo los casos expresamente contemplados por esta
ley u ordenados por juez competente
Art. 5- DEFINICIONES: g) Bicicleta: vehículo de dos ruedas que es propulsado por
mecanismos con el esfuerzo de quien lo utiliza, pudiendo ser múltiple de hasta cuatro
ruedas alineadas; ll bis) Ciclovías: Carriles diferenciados para el desplazamiento de
bicicletas o vehículo similar no motorizado, físicamenteseparados de los otros carriles de
circulación, mediante construcciones permanentes… (Inciso incorporado por art. 1° de la
Ley N° 25965)
Art.9- EDUCACIÓN VIAL: f) Las autoridades de tránsito deberán realizar periódicamente
amplias campañas informando sobre las reglas de circulación en la vía pública, y los
derechos y las obligaciones de los conductores de rodados de todo tipo y de lospeatones. (Inciso incorporado por art 1° de la Ley N° 25965)
Art.11.- EDADES MINIMAS PARA CONDUCIR: Para conducir vehículos en la vía
pública se deben tener cumplidas las siguientes edades, según el caso: d) Doce años
para circular por la calzada con rodados propulsados por conductor.
Asociación de Ciclistas Urbanos
www.acu.org.ar
Página 1
Biblioteca ACU Web - Legislación
Ley NacionalN°24449 (Extrac. Bicicleta)
Art. 21- ESTRUCTURA VIAL: Artículo 21 bis: Estructura Vial Complementaria. En el
estudio previo a la construcción de ciclovías en las obras viales existentes o a
construirse, deberá analizarse la demanda del tránsito en la zona de influencia, a fin de
determinar la necesidad, razonabilidad de su ejecución, la capacidad y la densidad de la
vía. (Articulo incorporadopor art. 1° de la Ley N° 25965)
Art.29.- CONDICIONES DE SEGURIDAD: Los vehículos cumplirán las siguientes
exigencias mínimas, respecto de: a) En general: 1.Sistema de frenado, permanente,
seguro y eficaz. 2.Sistema de dirección de iguales características; 4.Sistema de
rodamiento con cubiertas neumáticas o de elasticidad equivalente, con las inscripciones
reglamentarias; k) Las bicicletasestarán equipadas con elementos retrorreflectivos en
pedales y ruedas, para facilitar su detección durante la noche.
Art.31.- SISTEMA DE ILUMINACIÓN: i) los vehículos de otro tipo se ajustaran a lo
precedente en lo que corresponda y: 2.Los velocípedos llevarán una luz blanca hacia
adelante y otra roja hacia atrás.
Art.36.- PRIORIDAD NORMATIVA: En la vía pública se debe circular respetando lasindicaciones de la autoridad de comprobación o aplicación, las señales del tránsito y las
normas legales, en ese orden de prioridad.
Art.37.- EXHIBICION DE DOCUMENTOS: Al solo requerimiento de la autoridad
competente se debe presentar la licencia de conductor y demás documentación exigible,
la que debe ser devuelta inmediatamente de verificada, no pudiendo retenerse sino en los
casos que la...
Regístrate para leer el documento completo.